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Economía

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SAT brinda facilidades para no pagar impuestos

El organismo informó, entre otras cosas, que las personas fi?sicas con actividad empresarial y que sus ingresos no rebasen los 100,000 pesos al año no pagarán IVA ni IEPS.

El Servicio de Administracio?n Tributaria (SAT), informó que las personas fi?sicas con actividad empresarial cuyas ventas sean al pu?blico general y sus ingresos no rebasen los 100,000 pesos en el an?o, no pagara?n el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a partir de enero del 2015.

Con el propo?sito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mi?nima capacidad administrativa y evitar que operen en la informalidad, el Ejecutivo Federal otorgo? a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100,000 pesos un descuento de 100% del IVA y del IEPS a pagar durante los an?os en que tributen en el Re?gimen de Incorporacio?n Fiscal (RIF).

En un comunicado, precisó que el nuevo re?gimen ofrece un esquema de ca?lculo simplificado del IVA y del IEPS con base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que pertenece el contribuyente. Con ello, el Servicio de Administracio?n Tributaria calculara? el monto de los impuestos y posteriormente aplicara? el descuento del 100 por ciento.

Tambie?n, informo que a partir de enero del 2015 los contribuyentes con ventas al pu?blico en general, con ingresos entre 100,000 y dos millones de pesos anuales no pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación, y se les otorgarán descuentos durante los siguientes nuevos años, como ocurre en el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Asimismo, indicó que en el portal del SAT a trave?s de Mis Cuentas se encuentra un simulador para calcular fa?cilmente los impuestos a fin de familiarizarse con este nuevo esquema, el cual es el ma?s sencillo que ofrece el SAT a los contribuyentes.

Lo anterior de acuerdo con el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el RIF, publicado por en el Diario Oficial de la Federacio?n (DOF) el 10 de septiembre del 2014 y que entró en vigor el 1 de enero del 2015.

Adema?s de estos beneficios, los contribuyentes que se integran a la formalidad inscribie?ndose en el Re?gimen de Incorporacio?n Fiscal tienen la oportunidad de obtener acceso a los servicios de salud, financiamiento de vivienda, otorgamiento de una pensio?n, cre?ditos a su medida, entre otros.

El SAT hace una invitacio?n a quienes au?n ejercen alguna actividad econo?mica en la informalidad a que se sumen al Re?gimen de Incorporacio?n Fiscal y obtengan los beneficios que se obtienen al estar inscritos.

mfh

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