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Finanzas Personales

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Saque provecho al tiempo extra para presentar su declaración anual

La emergencia sanitaria ha obligado a las autoridades a implementar mecanismos y herramientas con el fin de agilizar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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Ante la contingencia sanitaria del Covid-19 y la exigencia de los contribuyentes ante dificultades para realizar algunos trámites, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió dar dos meses más para que las personas físicas presenten su declaración anual, lo cual puede ser una oportunidad para sacarle provecho a este tiempo.

La fecha límite para presentar la declaración anual, por ley, es hasta el 30 de abril para las personas físicas; sin embargo, el órgano recaudador a cargo de Raquel Buenrostro amplío la fecha hasta el 30 de junio.

Con este tiempo extra, los contribuyentes podrán realizar trámites como la generación o actualización de la contraseña, una de las principales razones por las cuales el SAT decidió dar prórroga, ya que la alta demanda en su portal SAT ID rebasó el sistema del fisco, por lo que están arreglando esta herramienta para poder atender a los causantes.

A través de la página web https://satid.sat.gob.mx, el contribuyente podrá generar o actualizar su contraseña para poder presentar la declaración anual del 2019. El ingreso a esta página es desde el teléfono móvil o una computadora y su fin es evitar que los contribuyentes asistan a las oficinas del SAT en plena contingencia sanitaria.

Para hacer el trámite, es necesario que el contribuyente cuente con alguna identificación oficial vigente con fotografía, como lo es el INE, pasaporte y/o la cédula profesional. El trámite es completamente gratuito y está disponible para las personas físicas inscritas en el régimen de sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios.

Sólo basta con ingresar a la página, dar clic en el botón iniciar y seleccionar cuál de los dos trámites quiere realizar —actualización o generación de contraseña— para después ingresar sus datos como RFC, celular y correo electrónico para mandarle un código de confirmación alguno de estos medios de contacto, el cual deberá ingresar a la página para continuar con el trámite. De esta manera, tendrá que ingresar el documento con su identificación a través de una fotografía de esta por ambos lados. Por seguridad, deberá grabar un video enfocando su rostro y mencionando la frase que se le mostrará en la página.

Luego de ello, podrá generar o actualizar la contraseña, firmando dentro de un recuadro que le aparecerá para descargar un acuse y, una vez finalizado el registro, podrá dar seguimiento al trámite con el número de folio que se generará al momento. Durante los siguientes tres días hábiles llegará la respuesta al medio de contacto que se haya confirmado, ya sea SMS o correo electrónico, en donde se encontrará una liga en la cual se deberá ingresar el número de folio, RFC y la nueva contraseña.

No se olvide de las deducciones

Uno de los principales atractivos de hacer la declaración anual es poder presentar las deducciones personales y, de esta manera, resultar con un saldo a favor, es decir, el SAT le devolverá ese dinero.

Desde hace algunos años, el SAT presenta al contribuyente una declaración prellenada, la cual el contribuyente debe decidir si la acepta o no, para agilizar el trámite; sin embargo, este año, algunos contribuyentes han alertado que no están presentes todas sus deducciones personales, por lo cual rechazan la propuesta del SAT y les toma más tiempo cumplir su obligación.

Por ello, y ante la prórroga, se recomienda a los contribuyentes que mantengan en orden sus facturas de las deducciones personales y corroboren que se muestre que se pagó con tarjeta para que éstas sean aceptadas por el SAT.

Cabe destacar que, al rechazar la declaración prellenada y meter manualmente las deducciones, el saldo a favor ya no se devolverá en automático y el SAT podría tardar de cinco a 40 días hábiles.

La ley estipula que las personas físicas pueden deducir hasta 15% de su salario o hasta cinco unidades de medida y actualización (alrededor de 158,000 pesos), lo que resulte menor de estos dos.

Entre los gastos que puede deducir el contribuyente están los honorarios médicos, las consultas en el dentista, psicólogo o nutriólogo, así como gastos hospitalarios y medicinas, análisis y estudios clínicos, prótesis, lentes ópticos graduados y las primas por seguro de gastos médicos.

Asimismo, se pueden deducir las colegiaturas en instituciones privadas; gastos funerarios del cónyuge o concubino, padres, abuelos, hijos y nietos; intereses reales devengados por créditos hipotecarios; donativos a instituciones autorizadas; aportaciones voluntarias a la cuenta de afore, así como el pago de impuestos locales.

finanzas.personales@eleconomista.mx

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