Buscar
EconoHábitat

Lectura 4:00 min

El ABC de la iniciativa de Ley Catastral: ¿Por qué es importante para el sector inmobiliario?

La propuesta del Ejecutivo federal busca establecer criterios comunes para catastros y registros públicos, crear identificadores para los inmuebles y desarrollar plataformas que permitan vincular información catastral y registral

main image

La iniciativa del Ejecutivo federal busca homologar la información catastral y registral mediante nuevos instrumentos y plataformas para las autoridades del país.iLUSTRACIÓN: EL eCONOMISTA

Redacción El Economista

Ante las diferencias entre los catastros y registros públicos del país, que operan con distintos niveles de desarrollo institucional, actualización, sistematización y digitalización, el Ejecutivo federal planteó una iniciativa para expedir la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral

La propuesta plantea atender estas diferencias mediante un marco general para las funciones catastrales y registrales, con instrumentos para establecer criterios comunes y fortalecer la información sobre los inmuebles.

Para el Ejecutivo, la certeza sobre las características y situación jurídica de los inmuebles tiene efectos sobre la actividad económica y la inversión. “Otorgar certeza sobre sus características y situación jurídica no sólo elimina las barreras para adquirir y aprovechar bienes, sino que también facilita las transacciones económicas, favorece el acceso al crédito, incentiva la inversión y permite al Estado contar con mejores herramientas para desarrollar planes de desarrollo urbano y recaudatorio”, establece la exposición de motivos.

¿Qué propone la iniciativa?

La propuesta plantea un marco general para fortalecer y armonizar las funciones catastrales y registrales mediante planes nacionales, instrumentos de identificación, plataformas tecnológicas y mecanismos de interoperabilidad.

Entre los principales elementos se encuentran:

  • Armonización catastral y registral. La iniciativa contempla un Plan Nacional Catastral y un Plan Nacional Registral, con directrices, criterios, procesos, estándares y metodologías para las autoridades responsables.
  • Clave Única Catastral. El proyecto establece un identificador único para cada predio o unidad inmobiliaria, vinculado con el Folio Real del Registro Público de la Propiedad. La iniciativa precisa que esta clave no acredita por sí misma la propiedad ni constituye un derecho real.
  • Cédula Única Catastral y Registral. El proyecto incorpora esta herramienta para identificar y ubicar los inmuebles y vincular la información catastral con la registral.
  • Plataforma Nacional Catastral. La iniciativa contempla una plataforma con un mapa base de la propiedad civil, social y pública, además de módulos para la gestión de trámites y servicios, el impuesto predial y pagos digitales.
  • Plataforma Nacional de Registros Públicos de la Propiedad. El proyecto contempla una plataforma para la información registral que deberá interoperar con la Plataforma Nacional Catastral.
  •  Interoperabilidad. Las autoridades catastrales y registrales deberán establecer mecanismos para intercambiar información bajo criterios de seguridad, integridad, protección y trazabilidad.

La iniciativa también plantea utilizar la información catastral para apoyar la planeación territorial. La exposición de motivos establece que “un catastro actualizado y georreferenciado permite conocer cómo crece cada ciudad, dónde se concentra la población y dónde se localiza la actividad económica”.

El documento relaciona esta información con las necesidades de infraestructura, servicios públicos, transporte y vivienda dentro de las tareas de planeación territorial.

Otro componente está relacionado con el impuesto predial. La iniciativa plantea la actualización de los valores catastrales, la incorporación de predios que no están inscritos y la habilitación de pagos digitales.

La iniciativa establece que “la actualización de los valores catastrales, la incorporación de los predios que no están inscritos y la habilitación del pago digital del impuesto predial amplían la base gravable”.

La propuesta distribuye responsabilidades entre la Sedatu, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y las autoridades catastrales y registrales. Los estados y municipios también tendrían obligaciones para adoptar los modelos, instrumentos y plataformas previstos. 

En caso de aprobación, los congresos estatales tendrían 90 días para armonizar su legislación. Las autoridades catastrales y registrales deberán implementar los modelos y plataformas previstos a más tardar el 31 de diciembre de 2026, de acuerdo con los artículos transitorios.

tracking reference image

Últimas noticias

Noticias Recomendadas

Suscríbete