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Proveedores de activos virtuales han dado 2,400 avisos a la UIF
Las 12 empresas de activos virtuales dadas de alta ante el SAT como actividades vulnerables, han reportado 2,400 avisos a la UIF con el fin de que se investigue si existe algún indicio en ellos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Las 12 empresas de activos virtuales dadas de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como actividades vulnerables, han reportado 2,400 avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) con el fin de que se investigue si existe algún indicio en ellos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
De acuerdo con Santiago Nieto Castillo, titular de la UIF, la información obtenida de estas empresas de activos virtuales, como el bitcoin, ha servido para que esta instancia diera seguimiento a dos casos puntuales donde se encontraron actividades ilícitas relacionadas con la comercialización de criptomonedas.
“Hemos tenido dos casos, un caso relacionado con trata de personas, en donde terminaban mandando dinero a Panamá, Estados Unidos y comprando criptomonedas, y tenemos otro caso de los hackers en León, Guanajuato, en donde utilizó la misma dinámica, era golpe al sistema financiero, y después del retiro de recursos para efecto de que se utilizaran, se adquirieran bitcoins”, explicó Nieto Castillo.
La publicación de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también conocida como Ley Fintech, obligó a que la prestación habitual y profesional de intercambio de activos virtuales por medio de plataformas digitales se haya clasificado como actividad vulnerable, debido a que por su naturaleza representa algún riesgo de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
En este contexto, desde septiembre del 2019 las plataformas que prestan este servicio tuvieron que haber comenzado con la integración de los expedientes de la identificación de sus clientes, y a partir de abril, con los avisos a la autoridad de las operaciones que registran y representen un monto igual o superior a las 645 UMAS, que significan poco más de 56,000 pesos.
Riesgo emergente
Dentro de la segunda Evaluación Nacional de Riesgos, presentada hace algunos días, se identifica a la operación con activos virtuales como un riesgo emergente.
De acuerdo con lo presentado por la UIF, las operaciones realizadas en proveedores de activos virtuales tienen una alta probabilidad de tener indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Hace algunos días, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) publicó una guía de alertas rojas respecto a las operaciones con activos virtuales, en ella se indicó que, de acuerdo con más de 100 casos de estudio, los delitos más comunes donde se usan estos instrumentos son la venta ilegal de estupefacientes o fraudes cibernéticos.
“Los tipos más comunes de uso indebido (de activos virtuales) es el tráfico ilícito de sustancias controladas, ya sea con ventas realizadas con criptoactivos o el uso de éstos como una técnica de estratificación de lavado de dinero. La segunda categoría más común de uso indebido está relacionada con fraudes y estafas”, explicó el GAFI en su informe.
La inquietud de los reguladores y diversos organismos internacionales respecto a estos instrumentos es sobre su anonimato, ya que si bien son mecanismos rastreables a veces es complicado detectar la identidad de quien los opera.
En este contexto, en el 2019 el GAFI modificó una de sus notas interpretativas en una de sus recomendaciones donde sugiere, tanto al sector público, como privado, tener más alcance de la información respecto a los proveedores de activos virtuales, así como de sus usuarios.
El titular de la UIF indicó que es necesario un cambio normativo para dar cumplimiento a esta sugerencia del GAFI.
Obligación de los proveedores de activos virtuales ante el SAT:
• Darse de alta como actividad vulnerable.
• Integrar los expedientes de sus clientes.
• Presentar avisos de sus operaciones.
• Resguardar y proteger su información.
• Recibir visitas de verificación.
• Contar con un manual de políticas internas.
Fuente: SAT