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Ley de Rentas en CDMX: qué propone, multas y cómo cambiarían los contratos
La propuesta de Clara Brugada incluye un registro digital obligatorio, asesoría jurídica gratuita y sanciones de hasta 46,924 pesos

La iniciativa busca regular las rentas y dar certeza a propietarios e inquilinos en la CDMX.
La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada Molina, presentó ante el Congreso capitalino una iniciativa para expedir la Ley de Relaciones Inquilinarias y Rentas Justas, Razonables y Asequibles, que propone regular los contratos de vivienda en renta, crear una instancia gratuita de asesoría y establecer medidas de acompañamiento social ante desalojos ordenados por resolución judicial.
El proyecto plantea que los aumentos anuales de la renta no superen la inflación reportada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para el año inmediato anterior, incluso cuando cambie la persona arrendataria. También contempla la posibilidad de autorizar incrementos superiores cuando el arrendador acredite mejoras sustantivas en el inmueble ante la Defensoría de las Relaciones Inquilinarias.
En la exposición de motivos, el Gobierno capitalino argumenta que el aumento de los precios de la vivienda y las rentas en distintas zonas de la ciudad ha reducido las opciones de algunos hogares. “Muchas familias tienen cada vez menos opciones y algunas se ven obligadas a dejar el barrio donde han vivido”, expone el documento.
La iniciativa refiere que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 546/2025, declaró constitucional el límite al incremento anual de las rentas de vivienda. El texto sostiene que la propuesta no congela los precios, sino que permite actualizarlos cada año dentro del límite establecido.
¿Qué cambiaría en los contratos de renta?
El proyecto de Ley de Relaciones Inquilinarias y Rentas Justas, Razonables y Asequibles para la Ciudad de México contempla las siguientes disposiciones:
- Aumento de renta: los incrementos anuales no podrían superar la inflación del año anterior, conforme al dato publicado por el Inegi.
- Aumentos extraordinarios: el propietario podría solicitar autorización para rebasar ese límite si acredita mejoras sustantivas en el inmueble.
- Registro obligatorio: los contratos tendrían que inscribirse en un sistema digital a cargo de la Agencia Digital de Innovación Pública.
- Plazos: el arrendador tendría 30 días para registrar el contrato después de su firma y otros 30 días naturales, tras recibir la constancia, para entregarla al inquilino.
- Duración: los contratos tendrían una vigencia mínima de un año.
- Gastos de formalización: el propietario no podría trasladar al inquilino costos de intermediación, elaboración del contrato, consultas de historial crediticio o contratación de pólizas jurídicas, entre otros conceptos relacionados.
- Depósito: tendría que devolverse al desocupar la vivienda, después de revisar el inmueble y verificar el pago de los servicios, con las deducciones justificadas que correspondan.
La iniciativa distingue el depósito destinado a cubrir daños o adeudos de servicios de la garantía de cumplimiento prevista en el proyecto. Esta última podría consistir en una fianza, una persona responsable solidaria u otra modalidad permitida por la ley.
Si al renovar el contrato el propietario exige un aumento superior al límite, el inquilino podría pagar la renta anterior más la inflación mediante los mecanismos previstos o recurrir a la consignación judicial. En ese supuesto, el proyecto contempla la prórroga del contrato por un año adicional y la posibilidad de reclamar la devolución de los cobros excedentes.
Multas previstas en la iniciativa
Las sanciones para propietarios e inquilinos se establecen en los artículos 34 y 35. Las cantidades en pesos corresponden al valor diario de la UMA de 2026, de 117.31 pesos.
- Para propietarios:
- No entregar el contrato original: de 25 a 50 UMA, equivalentes a entre 2,932.75 y 5,865.50 pesos.
- No registrar el contrato o no entregar la constancia: de uno a tres meses de la renta pactada. El proyecto contempla una excepción si el inquilino registra el contrato dentro del plazo establecido para el arrendador.
- Aumentar la renta por encima del límite permitido: de 100 a 400 UMA, equivalentes a entre 11,731 y 46,924 pesos.
- Para inquilinos:
- Destinar el inmueble a un uso no habitacional sin autorización expresa: de 50 a 100 UMA, equivalentes a entre 5,865.50 y 11,731 pesos.
- Modificar el inmueble sin autorización expresa: de 50 a 200 UMA, equivalentes a entre 5,865.50 y 23,462 pesos.
Defensoría gratuita y acompañamiento ante desalojos
La iniciativa propone crear una Defensoría adscrita a la Procuraduría Social capitalina, con servicios gratuitos de orientación, asesoría, mediación, conciliación y asistencia jurídica. También podría verificar el cumplimiento de las reglas sobre aumentos de renta e imponer las sanciones previstas.
Además, plantea instalar un Gabinete de Acompañamiento Social ante Desalojos para coordinar apoyos en procedimientos de desocupación ordenados judicialmente, sin obstaculizar las actuaciones de las autoridades.
El mecanismo permitiría identificar situaciones de vulnerabilidad entre quienes habitan el inmueble y canalizar posibles apoyos sociales. La Secretaría de Vivienda podría ofrecer almacenamiento y ayuda para mudanzas a grupos prioritarios en situación de vulnerabilidad económica, sujeto a disponibilidad presupuestaria.
Si la iniciativa se aprueba y publica, la ley entraría en vigor al día siguiente de su publicación. El proyecto establece plazos de hasta 90 días para emitir el reglamento, crear la Defensoría, instalar el Gabinete de Acompañamiento Social y activar el registro digital, conforme a los términos previstos en sus artículos transitorios.





