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Los grupos financieros darán más información
Deberán poner en su página web datos de sus accionistas, entre otros.
Como parte de la reforma financiera que entró en vigor a principios del 2014, ahora habrá más apertura en la información de las sociedades controladoras de los grupos financieros que operan en el país, ya que ? por ejemplo deberán poner a disposición del público en general, datos de los accionistas con influencia significativa, además de que tendrán que someterse a nuevas condiciones para el manejo y conservación de documentos de operación y contabilidad.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones de carácter general aplicables a las sociedades controladoras de grupos financieros.
De acuerdo con la autoridad, la regulación vigente no prevé la forma ni los términos en que estas sociedades deben dar a conocer su información al público en general, así como tampoco los requisitos ni las condiciones bajo las cuales deben manejar y conservar la información generada.
Las sociedades controladoras, de acuerdo con la CNBV, son las que se constituyen para la adquisición y administración de las acciones de las entidades y de las empresas que componen el grupo financiero.
El documento establece que éstas deberán dar a conocer al público en general, a través de su página de Internet, el nombre o la denominación social de los accionistas que mantengan el control o influencia significativa en la sociedad, así como el porcentaje de participación que cada uno tiene en relación con su capital social. En caso de tratarse de personas físicas, podrá sustituirse el nombre del accionista por la leyenda accionista persona física , aclara.
Asimismo, la descripción de la estructura del grupo financiero que incluya el porcentaje de participación de la sociedad controladora en el capital social de cualquier entidad, de manera directa o indirecta a través de sucontroladoras, y la designación y remoción de los miembros del consejo de administración y de directivos relevantes, así como las razones que las hayan motivado.
También, las fusiones o escisiones que realicen la sociedad controladora o las entidades integrantes del grupo financiero; las adquisiciones directas e indirectas de más de 20% en el capital social de cualquier persona moral; compras o ventas de activos que representen 10% de los activos consolidados del grupo, y las principales funciones de los comités auxiliares del consejo de administración de la controladora.
Por otra parte, la CNBV establece que las sociedades controladoras de grupos financieros podrán utilizar la microfilmación, grabación, o bien, cualquier otro medio, para conservar la información de los libros, registros y documentos en general que obren en su poder, relativos a sus operaciones y demás documentos relacionados con su contabilidad. Conservarán los originales sólo en casos de excepción.