Buscar
Capital Humano

Lectura 5:00 min

Reforma de apps: ¿Cuáles son los riesgos y sanciones por prestar perfiles?

Los trabajadores que prestan sus perfiles apps para reparto de comida o transporte corren el riesgo de que las empresas bloqueen sus cuentas o se termine el contrato, perdiendo así los derechos adquiridos con la reforma.

Luego de la reforma de apps, el préstamo o renta de perfiles tiene más implicaciones y riesgos legales.FOTO: ARCHIVO. 

Los trabajadores de plataformas digitales que presten o compartan sus perfiles con otras personas, corren el riesgo de que su contrato de trabajo se finalice; además de la desprotección contra accidentes. 

Si bien, antes de la reforma para regular el trabajo en plataformas digitales las empresas contaban con la verificación de identidad de los repartidores y conductores, ahora, con las nuevas obligaciones, las consecuencias legales son mayores.

Dentro de los contratos de trabajo que publicó el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) se estipulan que los trabajadores tienen prohibido:

  • Compartir con terceros la información de inicio de sesión, como el nombre de usuario y contraseña.
  • Permitir que personas ajenas al repartidor o conductor accedan a la cuenta para realizar servicios.
  • En el momento en el que se registre una persona se le asignará un número de identificación único, el cual es intransferible y en caso de no cumplirse con ese punto, se entenderá como un incumplimiento de contrato que podrá derivar en la restricción del acceso a la plataforma.

Diego García Saucedo, socio director de García Velázquez Abogados, indica que en caso de un accidente, la persona que usa un perfil prestado no gozará de las protecciones de seguridad social que tiene el dueño.

“En segunda instancia, si un accidente de trabajo sucede con alguien a quien se le prestó el perfil, pudiera encuadrar en una causa de rescisión de la relación de trabajo, porque se transforma en desobediencia e incluso de un fraude”, afirma.

Añade que otro caso que podría presentarse es que el consumidor denuncie ese tipo de prácticas: “Al final, la plataforma permite calificar y si reportan que no coincide la persona con el perfil, va a existir un registro y pueden invocarlo como una causa de rescisión”.

Por otro lado, Isabella Mariño, directora de Asuntos Públicos, Rappi México, sostiene que si detectan que un repartidor ha prestado o cedido su cuenta para realizar entregas se considera una falta por suplantación de identidad.

“La reforma laboral establece que los beneficios y protecciones —como la afiliación al IMSS— solo aplican al repartidor registrado. Si otra persona utiliza el perfil y sufre un accidente durante una entrega, no podrá acceder a la cobertura médica, ni a las prestaciones, dejando al titular de la cuenta en un riesgo legal y al suplantador sin protección”, recalca.

Agrega que en caso de que las personas presten sus perfiles y si la cuenta es reportada a las áreas de disciplina o fraude de la empresa, se procede a bloquearla y es motivo de terminar de manera justificada con el contrato.

En tanto, Emily del Carmen Sutro, especialista en compliance laboral, indica que los trabajadores de apps reciben órdenes del algoritmo de las reglas de conducta de las empresas y sanciones por incumplimiento.

“Eso lo manda la plataforma y está condicionada a un perfil que una persona crea. Esto le hace identificado e identificable ante esa plataforma, y es muy importante por las horas que va a computar el ingreso, porque eso le podría llevar a un aseguramiento obligatorio por parte de la empresa o hacer de manera voluntaria”, indica.

A su vez, Isabella Mariño, explica que la empresa que representa cuenta con los protocolos de verificación que les permite identificar comportamientos inusuales de los colaboradores.

“Cuando un repartidor intenta conectarse o reactivarse y detectamos señales de posible suplantación, solicitamos una validación biométrica mediante selfie. Si la foto enviada durante la verificación no coincide, el estatus de la evaluación se marca como rechazado y no entra a la plataforma”, comenta.

Otro de los puntos que contemplan los contratos de trabajo, es que los trabajadores no podrán indicar que la entrega o viaje ha sido completado sin que realmente haber recibido el producto o se traslade al usuario. Además, no pueden hacer algún tipo de cobro a los clientes distinto al indicado en la plataforma.

También tienen prohibido cancelar las solicitudes de los servicios que previamente hayan aceptado, y el empleado es responsable de cualquier daño que sufran sus instrumentos de trabajo, entre otras reglas más.

Es obligación del trabajador leer los contratos

Diego García, asegura que el trabajador tiene la obligación de revisar a detalle el contrato para conocer su contenido, “no puede argumentar ‘es que no conocía esa disposición’, porque al final esta en la ley y en el contrato.

“Los trabajadores, independientemente de la plataforma que estén adscritos, deben considerar una obligación y un deber entender qué es lo que dice el contrato, revisarlo, leerlo y sobre todo, acatarlo”, destaca.

En tanto Emily Sutro, recomienda a los trabajadores tener conciencia de que su perfil los hace identificables ante cualquier empresa de ese sector y que lo tienen que cuidar para no recibir sanciones. 

“Si lo prestan y los dan de baja, pierden antigüedad, no hay finiquito. Hay que cuidar los perfiles, no prestarlos, deben leer la letra chiquita y las condiciones de la plataforma en la que se están adhiriendo y que no lleguen a algún incumplimiento y como consecuencia sufran una merma de sus derechos”, apunta.

Más de 10 años en medios de información como reportero, cubriendo fuentes de Negocios y ahora de Capital Humano, siempre buscando mejorar y aprender.

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Noticias Recomendadas