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Senado aprueba ampliar catálogo de profesiones artísticas y sus derechos laborales en la LFT
Con el objetivo de ampliar los derechos laborales en el arte, la actuación y la música, el Senado aprobó una reforma a la LFT para garantizar la seguridad social, salarios dignos y condiciones adecuadas a quienes trabajan en dichas industrias

La mayoría de las personas trabajadoras en las artes, la música y actuación no cuentan con acceso pleno a la protección social.
El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para ampliar el catálogo de profesiones artísticas y los derechos laborales de las personas trabajadoras del arte, la actuación y la música para combatir la precariedad laboral bajo la cual se encuentran.
Con la modificación aprobada este miércoles 25 de febrero al Capítulo XI de la LFT, se introducen nuevas profesiones protegidas en la industria del arte, la actuación y la música, a las cuales se les garantizan derechos de seguridad social, salarios dignos y mejores entornos físicos para el desempeño de sus labores.
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Bajo la nueva regulación, la Ley Federal del Trabajo modifica su artículo 304 para indicar que la protección aplicará a quienes trabajen en la industria de las artes, actuación y música, tales como:
- Actuación y doblaje: Actrices y actores de teatro, radio, cine, televisión y doblaje
- Artes circenses y de animación: Artistas circenses, así como animadoras y animadores de marionetas y títeres
- Música y sonido: Cantantes, instrumentistas, directoras y directores, ejecutantes musicales, compositoras, compositores y sonidistas
- Danza: Coreógrafas, coreógrafos e intérpretes de danza
- Letras y guionismo: Autoras, autores, dramaturgas, dramaturgos, libretistas y guionistas
- Artes plásticas y visuales: Pintoras, pintores, escultoras y escultores
- Cinematografía y fotografía: Cineastas, fotógrafas y fotógrafos
El dictamen señala que las personas que tengan estas cualidades y trabajan en escenarios, teatros, cines, centros nocturnos o de variedades, circos, radio y televisión, salas de doblaje y de grabación o en cualquier otro lugar o local donde se presente, proyecte, exhiba, transmita, fotografíe o digitalice la imagen o se grabe la voz o música sin importar el fin a obtener, quedan protegidas.
Condiciones laborales para arte, actuación y música
La senadora Geovanna Bañuelos de la Torre, presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, mencionó durante la presentación del dictamen que el sector cultural genera más de 1 millón de empleos, en su mayoría sin acceso a seguridad social, contratos formales y condiciones dignas.
“Muchas y muchos artistas trabajan por proyecto, por temporada, por función. Enfrentan ingresos variables y en la mayoría de los casos no cuentan con acceso pleno a la protección social. Esta realidad contrasta con la enorme aportación económica y social que realizan”, puntualizó.
Asimismo, refirió que la medida también da claridad sobre las modalidades de contratación por obra y tiempo determinado o indeterminado, actualiza disposiciones sobre salario, condiciones de trabajo y armoniza el lenguaje con criterios de inclusión.
Con las modificaciones a los artículos 304, 305, 306, 307, 308, 309, 310 de la LFT se reconoce la relación de subordinación, por lo que los empleadores estarán obligados a respetar condiciones de trabajo digno en materia de contratación, salarios y jornadas laborales, todo ello permitirá la adquisición del derecho a la afiliación a la seguridad social, derecho del cual carecía casi el 99% de los trabajadores, indica la iniciativa.
Asimismo, se establecen modalidades de contratación que pueden ser por obra, tiempo determinado o indeterminado, por temporadas, o para la celebración de una o varias funciones, representaciones, actuaciones, interpretaciones o ejecuciones, de forma que el salario podrá fijarse por unidad de obra o de tiempo.
Además, también se permitirá la diferenciación salarial para trabajos iguales basándose en la categoría de las funciones o en la trayectoria de la persona artista, en tanto los empleadores estarán obligados a proporcionar lugares de trabajo adecuados, tales como camerinos cómodos, higiénicos y seguros, así como todos los recursos materiales necesarios para que las personas artistas desempeñen su labor.
“Garantizar condiciones laborales dignas a quienes crean cultura no solo beneficia a las personas trabajadoras del arte, fortalece la industria, impulsa el desarrollo económico y consolidan el tejido social. Cuando una persona artista cuenta con estabilidad laboral puede crear con mucha mayor libertad. Cuando un músico tiene seguridad social puede proyectar su futuro”, enfatizó Geovanna Bañuelos.
La protección hasta ahora solo aplicaba a actores y músicos, pero la propuesta aprobada por el Senado extiende el cuidado. El dictamen ya fue enviado a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo y de aprobarse entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).



