Buscar
Capital Humano

Lectura 5:00 min

El reloj checador y otros pendientes en la jornada de 40 horas

La reforma de 40 horas ya es una realidad, pero su implementación aún deja preguntas clave. Los cambios a la ley secundaria definirán cómo operará en la práctica. En los detalles —y en su vigilancia— se jugará su verdadero impacto.

main image

La reforma de 40 horas ya es una realidad, pero su implementación aún deja preguntas clave.foto: shutterstock. 

Felipe Morales Fredes

La reducción de la jornada laboral en México es un hecho. La reforma al artículo 123 de la Constitución que establece la semana de trabajo de 40 horas en el país ya está en vigor tras su promulgación el 3 de marzo. El periodo de transición para su implementación concluye en el año 2030.

La reforma general ya está vigente; la reforma del detalle está todavía en suspenso legislativo.

Suspenso es un decir, pues lo que está pendiente es el paquete de cambios a la legislación secundaria, en este caso la Ley Federal del Trabajo (LFT), para definir los pormenores de la puesta en marcha de la semana de 40 horas semanales. El plan es que éstos sean aprobados en abril para que entren en vigor el 1 de mayo.

Lo que hizo la reforma constitucional de marzo fue reducir la jornada de 48 a 40 horas semanales, regular el pago de horas extraordinarias y establecer el calendario de transición para la disminución gradual de dos horas por año entre 2027 y 2030.

Además de reflejar esos cambios, la legislación secundaria debe definir los detalles para la implementación puntual de lo que implica la jornada de 40 horas en la operación cotidiana de las empresas en el país. El proyecto presidencial con dichos ajustes está en manos de las comisiones del Senado de la República.

Uno de los grandes cambios que considera este proyecto, que modifica 10 artículos de la LFT, es el establecimiento del registro electrónico de las horas trabajadas por cada persona en el sector privado. En pocas palabras, instaura el reloj checador como requisito para la operación diaria de las empresas.

La realidad es que este registro electrónico no es un simple control de asistencia, será la herramienta de fiscalización central de la reforma.

Este mecanismo funcionará como la evidencia técnica para demostrar el cumplimiento del nuevo límite legal de 40 horas, obligando a las empresas a conservar estos datos y entregarlos a la autoridad laboral cuando les sean requeridos.

El despliegue de este sistema de monitoreo comenzará formalmente el 1 de enero de 2027. Sin embargo, todavía hay grandes interrogantes en torno al tema y será la Secretaría del Trabajo (STPS) la encargada de emitir este año las reglas para su operación, reconociendo las diferencias entre sectores y las excepciones de esta obligación.

“Implementar un registro electrónico de jornada. Se hace patente la necesidad de contar con evidencia de cumplimiento de la reducción del tiempo de jornada, para lo cual es pertinente establecer la obligación patronal de conservar información y proporcionarla a la autoridad; sin embargo, considerando las diferencias y capacidades de los distintos sectores, se estima necesario precisar el alcance y excepciones a esta obligación en disposiciones generales que emita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”, especifica la presidenta Claudia Sheinbaum en el documento enviado al Senado.

Otro punto que aclara la reforma secundaria tiene que ver con el tiempo extraordinario de trabajo. Además de permitir hasta cuatro horas adicionales por día, en un máximo de cuatro días de la semana, con un pago doble, se especifica que las horas “extra-extraordinarias” que rebasen ese límite no pueden ser más de cuatro horas a la semana. Ésas se pagan al triple.

Con esta medida, se autorizan, con su justo pago y en acuerdo con el trabajador, jornadas de hasta 12 horas diarias durante cinco días, lo que abre la puerta a semanas de hasta 56 horas de trabajo.

Lo que no hace la reforma es especificar en qué circunstancias se podrán utilizar las horas extraordinarias, lo que permitiría que se vuelvan algo común –siempre que se paguen, que no es lo más habitual– contraviniendo el principio de bienestar que busca la propia reforma. Esto incluso genera dudas respecto a las normas sobre explotación laboral que están en vigor en México desde junio de 2024 y que están relacionadas con las jornadas excesivas.

Éstos son sólo dos temas clave de la reforma en puerta, pero hay muchos más que abarca la reforma y otros que surgen de inquietudes de las empresas. Los legisladores se han dicho abiertos a modificar el texto enviado por la presidenta al Poder Legislativo, pero la realidad de la práctica observada en los últimos ocho años es que muy poco se le cambia a lo que se defina desde Palacio Nacional.

Dicen que el diablo está en los detalles, y el caso de la jornada de 40 horas no es una exageración. Porque en esta reforma no sólo está en juego la reducción del tiempo de trabajo, sino la forma en que se va a vigilar, interpretar y, eventualmente, distorsionar en la práctica.

Felipe Morales Fredes

Periodista. Actualmente es el editor de El Economista online. Entre 2019 y 2023 coordinó Capital Humano en sus versiones en línea e impresa. Tiene una especialización en periodismo de finanzas y negocios, y en periodismo de datos. Conductor de Redacción 458, un videopodcast semanal de información de actualidad, y co-conductor del podcast Coffee Break, sobre temas del mundo del trabajo.

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí
tracking reference image

Últimas noticias

Noticias Recomendadas

Suscríbete