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Alerta legislativa: El riesgo de "letra chiquita" en la reforma de las 40 horas

El próximo martes 10 de febrero, las comisiones del Senado se disponen a aprobar una reforma que, bajo el noble propósito de reducir la jornada laboral, introduce cambios estructurales que amenazan con desmantelar los cimientos de la Ley Federal del Trabajo, afirmó Arturo Alcalde Justiniani, especialista laboral.

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María del Pilar Martínez

El próximo martes 10 de febrero, las comisiones del Senado se disponen a aprobar una reforma que, bajo el noble propósito de reducir la jornada laboral, introduce cambios estructurales que amenazan con desmantelar los cimientos de la Ley Federal del Trabajo, afirmó Arturo Alcalde Justiniani, especialista laboral.

En entrevistas, Alcalde reveló que la iniciativa incluye modificaciones a definiciones esenciales que no fueron parte del debate público ni del Parlamento Abierto, y que representan un retroceso histórico para los derechos de los trabajadores en México.

El primer gran error reside en la modificación de la fracción VIII del artículo 3 de la ley, donde se pretende definir al patrón estrictamente como aquel que "contrata". “Esta redacción, aparentemente simple, esconde una contradicción directa con el artículo 20 de la actual legislación y marca un regreso forzado a la teoría contractual. Al elevar la contratación formal como el elemento definitorio, se ignora que México abandonó hace décadas esa visión para adoptar la Teoría de la Relación de Trabajo, la cual establece que es la prestación misma del servicio lo que acredita el vínculo laboral. Al exigir de facto un contrato o un acto formal de contratación, se pone en riesgo la capacidad de defensa de millones de trabajadores informales o bajo esquemas de simulación que hoy se protegen mediante la realidad de sus funciones”, destacó.

La mutilación del tiempo de trabajo: de la disponibilidad a la actividad

El segundo error crítico, dijo, se encuentra en la nueva definición de la jornada de trabajo. La propuesta sugiere que el tiempo laboral comienza a contar a partir de que se desarrolla una "actividad subordinada", eliminando el concepto vigente de "disposición".

“En la práctica, esto significa que el tiempo que un trabajador dedica a prepararse, a trasladarse del checador a su puesto de operación o a esperar instrucciones —tiempos que dependen enteramente del patrón— dejará de ser reconocido como parte de la jornada. Esta interpretación fractura el principio de que el trabajador está al servicio del patrón desde que llega al centro de trabajo, permitiendo que las empresas descuenten periodos esenciales de la jornada diaria bajo el argumento de que no hay una ‘actividad’específica en curso”.

Alcalde afirmó que es fundamental subrayar que estas modificaciones son totalmente ajenas a la necesidad de reducir la jornada a 40 horas. “No existe una justificación técnica que vincule la mejora del descanso semanal con el debilitamiento de la definición de patrón o la reducción del tiempo de disposición. La premura por aprobar el dictamen en comisiones este martes, sin haber subsanado estas graves inconsistencias, apunta a un error legislativo que podría herir de muerte el derecho individual del trabajo en nuestro país”.

Destacó que “la defensa de las 40 horas no debe servir como moneda de cambio para despojar a la Ley Federal del Trabajo de su carácter protector y realista”.

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María del Pilar Martínez

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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