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Política

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El PT condiciona su voto al “plan B’’ electoral de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo

Alejandro González Yáñez, senador petista, dijo que su partido acordó solicitar que la mandataria mexicana precise su propuesta para poder decidir el sentido de su voto.

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La dirección nacional del Partido del Trabajo (PT), que preside el senador Alberto Anaya Gutiérrez, y sus coordinaciones en las cámaras de Senadores y de Diputados acordaron solicitar que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo precise su iniciativa de reformas a la Constitución que remitió al Congreso de la Unión -el llamado "plan B"- el pasado martes para poder decidir el sentido de su voto.

"Lo que estamos sugiriendo es que la redacción de la iniciativa sea más precisa, más contundente, y ya sobre eso daremos nuestra opinión final", informó el senador petista Alejandro González Yáñez.

La Presidenta, dijo, es quien tiene que precisar los términos de su iniciativa porque es la promovente, a fin de que quede claro si la votación ciudadana para la revocación de mandato de la persona titular del Ejecutivo federal se realizará el tercer o cuarto año del ejercicio de gobierno y si los partidos pueden hacer promoción del voto.

La iniciativa plantea "la posibilidad de que la Presidenta de la República haga promoción, pero es ambiguo si los partidos políticos pueden hacer o no promoción", expresó.

Sobre la fecha de la elección revocatoria, comentó:

“Lo que no viene preciso es el año. En ese sentido, vienen dos posibilidades y nosotros queremos que se precise una’’, aclaró.

Sobre el tema de revocación de mandato presidencial, la iniciativa que la mandataria mexicana remitió a la Cámara de Senadores plantea cambiar la redacción del Artículo 115 constitucional vigente para establecer que el mecanismo de democracia participativa se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del “segundo o tercer’’ año del periodo constitucional.

Así como que la consulta sobre revocación se realizará mediante votación libre, directa y secreta de ciudadanos empadronados "el primer domingo de junio del tercer o cuarto año de ejercicio".

Y adicionar el párrafo siguiente: “La persona sujeta a revocación podrá difundir el proceso y promover el voto a su favor  en los términos que establezca la ley en la materia’’.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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