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Diputados insisten en candados a sistemas de supervisión laboral y multas
Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone regular los sistemas de supervisión laboral con transparencia, revisión humana y límites a la vigilancia. El proyecto también plantea nuevas prohibiciones para empleadores y multas de hasta 586,550 pesos por incumplimiento.
Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone regular los sistemas de supervisión laboral con transparencia, revisión humana y límites a la vigilancia.
Una nueva iniciativa en la Cámara de Diputados busca incorporar candados a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para regular los sistemas de supervisión laboral y evitar que se implemente de manera discrecional, desproporcionada o sin revisión humana.
La propuesta es impulsada por la diputada Ivonne Ortega (MC) y plantea sumar un piso mínimo de disposiciones en la LFT para el uso de sistemas de supervisión en el trabajo, los cuales van desde la transparencia en los datos hasta la intervención humana en la toma de decisiones.
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“La vigilancia también requiere reglas claras respecto de la información que produce, qué se registra, para qué se utiliza, por cuánto tiempo se conserva conforme a la legislación aplicable y qué efectos puede tener en la relación laboral. El aviso genérico de que existen cámaras o programas de seguimiento no basta para comprender cómo un indicador electrónico puede incidir en la evaluación del desempeño, en una amonestación o en una decisión sobre la permanencia en el empleo”, asegura la legisladora en el proyecto.
En ese sentido, la iniciativa propone establecer la obligación de cinco elementos cuando se implemente un mecanismo de supervisión de los trabajadores:
- Informar previamente, de forma clara, accesible y por escrito sobre la existencia del sistema, los criterios de evaluación y las posibles consecuencias.
- Asegurar que el uso responde a una finalidad laboral legítima, idónea, necesaria y proporcional, evitando monitoreo invasivo cuando existan medios menos intrusivos.
- Limitar el uso de la información para la finalidad informada, sin perjuicio de la legislación sobre protección de datos personales.
- Garantizar una revisión humana previa a decisiones sobre salarios, prestaciones, incentivos, sanciones, promociones, permanencia o terminación de la relación laboral.
- Contar con un mecanismo accesible para que los empleados conozcan los registros, contexto o solicite la corrección de la información.
El proyecto contempla que el cumplimiento del nuevo marco regulatorio no impida el registro electrónico de la jornada laboral, una nueva obligación patronal exigible en 2027, y tampoco limite las medidas de seguridad, control de acceso, protección patrimonial, calidad o cumplimiento.
Por otra parte, se propone que los registros de inactividad, falta de interacción o desempeño generados por sistemas tecnológicos de supervisión laboral por sí solos no se consideren una causa para reducir salarios.
“La propuesta tiene un alcance concreto, crear garantías laborales mínimas aplicables a los sistemas tecnológicos que obtienen o analizan información individualizada con fines de supervisión del trabajo. No pretende establecer un régimen general de inteligencia artificial, intervenir en el diseño técnico de programas informáticos ni sustituir la legislación especializada de protección de datos personales”, señala la diputada Ivonne Ortega en la exposición de motivos.
Las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo consideran que la aplicación de las disposiciones no implique la revelación de código fuente, secretos industriales o información técnica confidencial.
Prohibiciones y multas
El proyecto contempla sumar a la LFT dos nuevas prohibiciones para los empleadores. Una de esas restricciones, es que las empresas tengan prohibido instalar sistemas de vigilancia (incluyendo grabación de audio) en sanitarios, vestidores, áreas de lactancia o espacios destinados a la higiene personal o al cambio de ropa.
La otra restricción es la toma de “decisiones exclusivamente automatizadas que impongan sanciones, afecten salarios, prestaciones o incentivos, nieguen promociones o determinen la permanencia o terminación de la relación laboral, sin revisión humana”.
El incumplimiento de las nuevas disposiciones se podría sancionar con una multa de entre 29,327 y 586,550 pesos (de 250 a 5,000 veces la UMA).
Esta propuesta se suma a otro proyecto recientemente presentado por el diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal (Morena), el cual también plantea una serie de medidas mínimas para regular el uso de sistemas de supervisión laboral.