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Proponen candados para el monitoreo del trabajo, buscan evitar abusos en supervisión
Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone regular el monitoreo laboral con obligaciones de transparencia, protección de datos y supervisión humana. También busca prohibir prácticas invasivas, con multas por incumplimiento.

Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone regular el monitoreo laboral con obligaciones de transparencia, protección de datos y supervisión humana.
En la Cámara de Diputados se impulsa una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para sumar candados para el monitoreo de trabajadores. La iniciativa busca garantizar mecanismos transparentes, acotados a la naturaleza de las actividades y evitar un uso abusivo de herramientas de supervisión.
La propuesta obliga a las empresas a informar y justificar el monitoreo laboral, proteger los datos personales y garantizar revisión humana en decisiones automatizadas. También prohíbe la vigilancia durante descansos, en espacios privados y el uso obligatorio de dispositivos personales.
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“La propuesta que aquí se plantea busca proteger, en primer término, el derecho a la privacidad de las personas trabajadoras. Ese derecho adquiere hoy una dimensión particularmente sensible frente a herramientas capaces de registrar ubicación, pausas, tiempos de respuesta, comunicaciones, voz, imagen, biometría, actividad digital y patrones de comportamiento”, apunta el diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal (Morena), promotor del proyecto.
Para garantizar que las herramientas de monitoreo deriven en una supervisión extrema de las actividades del empleado, el legislador propone nuevas obligaciones y prohibiciones para los empleadores en la Ley Federal del Trabajo:
La iniciativa plantea que las empresas que implementen monitoreo laboral estén obligadas a adoptar estas medidas:
- Informar previamente y por escrito sobre los mecanismos de monitoreo, su finalidad, los datos que recabará y su tiempo de conservación, los medios empleados, las personas que tendrán acceso a los datos y el proceso para solicitar su revisión.
- Justificar su uso vinculado con la naturaleza de las actividades o la protección y seguridad de la persona, los bienes o instalaciones.
- Garantizar que la herramienta es idónea, proporcional al objetivo y la menos intrusiva.
- Abstenerse de recabar o tratar datos personales que no se relacionen con el trabajo.
- Contar con medidas para proteger la confidencialidad y seguridad.
- Garantizar que ninguna decisión que afecte de manera sustancial el ingreso, permanencia, promoción, asignación de tareas o condiciones de trabajo la tome un proceso automatizado sin supervisión humana.
- Respetar la vida privada y el derecho a la desconexión digital en el tiempo libre.
- Permitir que el trabajador tenga conozca la información obtenida, salvo una prohibición prevista en otra disposición legal.
Por otra parte, se incluyen prohibiciones para las herramientas de supervisión de actividades. Las empresas tendrían que abstenerse de lo siguiente:
- Monitorear fuera de la jornada laboral, salvo por una causa excepcional de seguridad.
- Grabar o captar conversaciones privadas y ajenas a la relación de trabajo.
- Utilizar herramientas en áreas de uso personal, como sanitarios, vestidores, áreas de descanso o comedores.
- Instalar mecanismos en el domicilio del empleado en espacios ajenos al área de trabajo.
- Usar reconocimiento facial, biométrico o cualquier tecnología que pueda evaluar emociones, estados de ánimo, condiciones psicológicas o personalidad.
- Adoptar mecanismos que obstaculicen, vigilen o inhiban el ejercicio de la libertad sindical.
- Generar perfiles o evaluaciones opacas que produzcan efectos adversos sobre las condiciones de trabajo.
- Obligar al empleado a usar herramientas personales para la vigilancia del trabajo.
La iniciativa también plantea una multa de 29,327 a 586,550 pesos (de 250 a 5,000 veces la UMA) por el incumplimiento de las nuevas disposiciones.
También se contempla un periodo de transición de 180 días, a partir de la entrada en vigor de la reforma, para que las empresas adecuen políticas, procedimientos, contratos, reglamentos interiores de trabajo y sistemas de supervisión.
El último candado que promueve la propuesta, es que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en coordinación con autoridades de protección de datos personales, emita lineamientos y criterios para la implementación de las reglas incorporadas a la LFT.
Trabajadores se sienten vigilados
Con el boom de los modelos flexibles, la vigilancia de los trabajadores se ha posicionado como uno de los puntos controversiales en torno a las nuevas formas de trabajo. De acuerdo con el reporte Tendencias de talento 2025 de Michael Page, el 64% de las personas se siente vigilada por su empleador.
“Con los continuos debates en torno a la productividad laboral, la cuestión de la supervisión de los empleados está siendo uno de los temas más polémicos”, indica la firma de reclutamiento en su informe. De hecho, el 36% de los empleados cree que su compañía utiliza un software de monitoreo.
Esto ha generado un estado de desconfianza. La investigación de Michael Page evidencia que un 32% tiene poco o nada de confianza en sus líderes.
“La ambigüedad genera desconfianza, y sin un diálogo abierto sobre el uso de un software de monitoreo, los empleados pueden suponer lo peor o sobrestimar el nivel de verificación de sus tareas diarias; por eso tener claridad en los indicadores de productividad es fundamental para determinar el cumplimiento de objetivos acordados”, señala el reporte.



