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Desaparecer al INAI afectaría el derecho a la información
La Secretaría de Función Pública tendría limitaciones en caso de asumir las tareas del Instituto, se aseguró.

Foto: EE Archivo
Desaparecer al INAI significaría quebrar y desmantelar todo un sistema de acceso a la información en México, ya que la Secretaría de la Función Pública no puede contar con la atribución para transparentar información y proteger datos personales más allá de los entes de la administración pública, alertaron excomisionadas del órgano de transparencia.
María Marván Laborde, quien fue presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), en 2002, resaltó que, en caso de cumplirse la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, de desaparecer al hoy Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), tanto el acceso a la información como el cuidado de datos personales, dos derechos fundamentales, estarían en riesgo inminente y se violarían los artículos 1, 6 y 16 de la Constitución.
Según el Artículo 6° de la Carta Magna, el derecho a la información será garantizado por el Estado, para ello, “la Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley”.
Además de que dicho organismo garante tiene competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicatos que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal.
El artículo 16 de la Constitución establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, mientras que el artículo 1 plasma que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte.
En un inicio, la también académica de la UNAM, explicó que deshacer al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) supondría una reforma constitucional con todo lo que ello implica, es decir, mayoría de ambas Cámaras del Congreso y 16 estados que lo respalden.
Atribuciones de la SFP
Marván Laborde explicó que al darle las atribuciones del INAI a la Secretaría de la Función Pública (SFP) no se garantiza el derecho a la información, ya que el INAI es autoridad no sólo para la administración federal, que es el ámbito de trabajo de la SFP, sino que también revisa las solicitudes cuando hay una queja por respuestas o, por faltas de las mismas, de los poderes Legislativo y Judicial, y de todos los órganos constitucionales autónomos. Además tiene facultades para atraer casos de los gobiernos de los estados.
“Eso genera una complicación no menor, porque no veo la manera en la que el Ejecutivo se pueda autoelegir como una autoridad trianguladora de un derecho humano con otros poderes. Ahí tendríamos un problema, desde mi perspectiva, insalvable sobre los límites que tiene el poder Ejecutivo por definición de nuestra propia constitución”.
Asimismo, indicó que existirían complicaciones en el tema de protección de datos personales, ya que para darle a la SFP las atribuciones que hoy no tiene en materia transparencia, implicaría una reforma a la ley orgánica de la administración pública, tarea nada fácil.
“No es cierto que se estén duplicando esas funciones. En la protección de datos personales tenemos al INAI como autoridad tanto para las bases de datos que están en posesión del gobierno de todo el ámbito federal, y además, los datos personas que están en posesión de privados.
“¿Qué es lo que va a hacer la SFP para protegernos a los ciudadanos del mal uso que puedan hacer los privados y las bases de datos que tienen para su ejercicio? Como ejemplo las telefónicas o los bancos”, expresó la experta.
María Marván Laborde también cuestionó que la desaparición del INAI sea completamente un tema de austeridad, pues ante el argumento de que respetarán los derechos de los trabajadores y que habría grandes ahorros en la renta de un edificio, recordó que las instalaciones del INAI son propias del instituto y la gran mayoría del gasto del Instituto tiene que ver con recursos humanos.
“Hay que reconocer que esto es un pretexto que cubre la aversión que tiene el presidente con los órganos autónomos y la obsesión que tiene por concentrar al poder. Hay una contradicción implícita… las implicaciones de lo que está proponiendo en términos jurídicos es mucho más complejo que simplemente demandar una reforma de ley”, dijo.
Finalmente, la excomisionada consideró que, de llegar a pasar la reforma constitucional del presidente, existe la posibilidad de defensa ante la SCJN a través de una controversia constitucional, “porque se está atentando contra dos derechos humanos, pero de llegarse a perder en la SCJN, se podría, incluso, ir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
Por su parte, Jacqueline Peschard Mariscal, también excomisionada presidenta del IFAI, reiteró que la SFP no tiene autoridad sobre otros poderes y órganos constitucionales.
“Eso no lo puede hacer la SFP porque es un organismo del gobierno federal, al no ser un constitucional autónomo le impide tener facultades o atribuciones sobre otros poderes como si los tiene el INAI”, explicó.
Consideró que la propuesta de López Obrador se relaciona con la desconfianza que tiene sobre los entes autónomos, ya que no dependen jerárquicamente de él y ponen limitaciones a su poder.
“Su propuesta va en contra de un modelo jurídico y constitucional que lo quiere es poner limitaciones a un poder autoritario en el Ejecutivo”, expresó.
La experta coincidió en que es equivocada la idea de que el INAI y la SFP duplican funciones.
“Es una concepción muy simplista y cerrada porque hay un desconocimiento de las facultades que tiene el INAI”, dijo.
Y, agregó, que esto no quiere decir que el órgano nacional garante de transparencia no tenga cuestiones qué revisar y reflexionar para mejorar su funcionamiento hacia el futuro.
Peschard, quien también fue presidenta del Sistema Nacional Anticorrupción entre el 2017 y 2018, recordó que el INAI “es la cabeza de todo un sistema nacional de transparencia y pretender borrarlo implicaría quebrar, desmantelar todo un sistema de acceso a la información. Es muy grave, el INAI y la SFP no son instituciones de la misma naturaleza, ni tienen la misma estructura, ni las mismas facultades, ni la SFP está hecha para garantizar dos derechos fundamentales, está hecha para vigilar la gestión pública”.
Señaló que no es posible realizar una reforma para darle las facultades del INAI a la SFP, porque esta última depende de la administración pública Federal y no se le puede convertir en un constitucional autónomo como pide la ley para la transparencia de la información.
“Eso sería sacarla justamente del ámbito de la administración pública federal. Lo que está dejando de lado y no está considerado es que no es tan fácil como borrar una institución que tiene atribuciones y que tiene un mandato constitucional, que no tiene la SFP y que no se le puede dar porque eso implicaría cambiar totalmente a la SFP”, añadió.