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Se mantiene contingencia ambiental: Estos autos no circulan el viernes 13 de febrero
Durante este jueves 12 de febrero prevaleció un ambiente cálido a caluroso en la mayor parte de México, por lo que fue limitada la dispersión de contaminantes que se acumularon en el aire.
Los altos índices de contaminación por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México persistieron durante esta tarde, por lo que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) determinó mantener la contingencia ambiental.
En su reporte de las 20:00 horas, el organismo detalló que se mantuvo la concentración alta de ozono en la mayor parte de las estaciones de monitoreo del SIMAT.
A las 16:00 horas se presentó una concentración de ozono de 155 ppb en la estación Centro de Ciencias de la Atmósfera; a las 17:00 horas se registró una concentración de 156 ppb en la estación Ajusco Medio y a las 18:00 horas, seis estaciones reportaban concentraciones de ozono por arriba de la norma (90 ppb).
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Ante esta situación se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México y sus medidas para el día de mañana, viernes 13 de febrero del 2026.
Esta medida tiene por objeto disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la emisión de contaminantes.
Hoy No Circula - viernes 13 de febrero
Como es habitual cuando se activa la contingencia ambiental, las autoridades determinaron aplicar restricciones a la circulación en el Sector Transporte, por lo que en El Economista te indicamos qué vehículos deberán suspender su circulación este viernes 13 de febrero, en un horario de las 05:00 a las 22:00 horas.
Cabe recordar que estas condiciones se generaron debido a un ambiente cálido a caluroso en la mayor parte de México, por lo que fue limitada la dispersión de contaminantes que se acumularon en el aire.
Qué vehículos no circulan este viernes 13 febrero.
¿Qué vehículos no circulan este viernes 13 de febrero?
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado azul, terminación de placa 9 ó 0.Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 ó 0.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.