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SCJN resuelve que ASF sí puede auditar al Infonavit
Luego de darse a conocer la sentencia de la SCJN, el Infonavit informó que una vez que sea notificada la sentencia, dicho organismo la acatará en sus términos y dentro del plazo legal correspondiente.
Foto EE: Rosario Servin
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo, en el sentido de que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) tiene competencia para fiscalizar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Luego de darse a conocer la sentencia de la SCJN, el Infonavit informó que una vez que sea notificada la sentencia, dicho organismo la acatará en sus términos y dentro del plazo legal correspondiente.
“La sentencia del máximo tribunal será acatada en sus términos y dentro del plazo legal correspondiente, con el respeto que debe prevalecer frente a toda determinación de carácter jurisdiccional”, detalló el organismo en un comunicado.
De acuerdo con el organismo, dicho amparo fue promovido en su momento contra el Programa Anual de Auditoría para la Fiscalización de la Cuenta Pública 2018 por parte de la ASF, que fue publicado el 18 de enero del 2019 en el Diario Oficial de la Federación.
En este contexto, el 28 de enero del 2019 el Infonavit promovió el recurso de amparo, establecido por el Consejo de Administración del organismo en su sesión ordinaria número 811 celebrada el 31 de octubre del 2018.
Según el Infonavit, en primera instancia, la juzgadora negó el amparo el 13 de junio del 2019 y derivado de ello, el organismo interpuso un recurso de revisión bajo el argumento de que la ASF no tenía competencia para fiscalizar al organismo debido a que éste no recibe, administra o ejerce recursos públicos federales.
Ya con el fallo en su contra, el Infonavit solicitó a la SCJN que ejerciera su facultad de atracción en este caso y el 29 de enero de 2020, la segunda sala del máximo tribunal reasumió la competencia originaria respecto al amparo de revisión.
“Aunque la sentencia de la SCJN versa sobre el alcance de las atribuciones de la ASF de fiscalización sobre el Instituto, esta decisión es relevante ya que brinda mayor certeza legal sobre las aportaciones patronales que el Infonavit recibe, refrendando que son patrimonio de las y los trabajadores”, añadió el Infonavit.
En un comunicado distinto, la ASF indicó que cumplirá enfáticamente la resolución de la SCJN en el amparo de revisión de determina que el organismo auditor puede fiscalizar los recursos que un ente del Estado destine para proporcionar a los trabajadores un sistema de financiamiento que les permita acceder a una vivienda.
La ASF apuntó que el amparo 157/2020 tuvo por origen la incorporación de la ASF a su programa anual de auditorías del 2019, una auditoría de desempeño al control interno y gobernanza del organismo, por tratarse de actividades estatales de recursos sujetos a fiscalización con sustento en una obligación constitucional.
“La ASF reitera su máximo respeto a la autonomía de la SCJN y a las resoluciones que emite el Máximo Tribunal Constitucional del país y reafirma su compromiso con el Estado de Derecho y la Legalidad como máxima autoridad de fiscalización superior de los recursos públicos federales, en aras del fortalecimiento a la transparencia y rendición de cuentas, en beneficio de la sociedad”, apuntó la auditoría.
rrg