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La toma de nota continúa siendo un acto administrativo de control: Mercado López
Mantener la toma de nota como un trámite indispensable para otorgar el registro de sindicatos, en la propuesta de reforma laboral, sigue siendo un acto de control para decidir sobre la existencia o no de alguna organización sindical.
Foto EE: Archivo
Mantener la toma de nota como un trámite indispensable para otorgar el registro de sindicatos, en la propuesta de reforma laboral, sigue siendo un acto de control para decidir sobre la existencia o no de alguna organización sindical.
Así lo afirmó el magistrado Héctor Arturo Mercado López, Magistrado del Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, durante su participación en las audiencias públicas que se desarrollan en la Cámara de Diputados.
En ese sentido, expuso que la propuesta que presentó el Grupo Parlamentario de Morena mantiene la existencia del Art.368, al que sólo se le cambió de forma y no de fondo,
“El Registro del Sindicato y de su directiva será otorgado por el Centro de Conciliación y Registro Laboral, fue lo único que le cambiaron, antes decía Junta de Conciliación”, entonces puede interpretarse como el hecho de que si la autoridad no otorga registro no existe sindicato y ello contraviene el Convenio 87 y 98, pues ahí dice que es por decisión de los trabajadores por ese este artículo tiene que desaparecer o cambiarse.
“El registro sindical es sólo de carácter publicitario y por lo tanto el sindicato existe si los trabajadores lo deciden… dejarlo así es dejar en manos del gobierno qué sindicatos existen y cuales no y eso contraviene leyes internacionales y derechos de libertad de los trabajadores” dijo Mercado López.