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Política

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Frena tribunal cartas del IMSS; considera promoción de AMLO

El TEPJF falló en contra del López Obrador al considerar que violó la ley por promocionarse, mediante cartas enviadas a microempresarios, para informar del otorgamiento de créditos por la contingencia sanitaria del coronavirus.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador al considerar que violó la ley por promocionarse, mediante cartas enviadas a microempresarios, para informar del otorgamiento de créditos por la contingencia sanitaria del coronavirus.

En sesión privada virtual, al resolver el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador interpuesto por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ante la Sala Superior del TEPJF, los magistrados electorales aprobaron confirmar la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de dictar medidas cautelares por promoción personalizada del mandatario mexicano.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió, el pasado 30 de abril, emitir medidas cautelares tras analizar dos versiones de cartas sobre la implementación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares del IMSS, con el nombre y firma del presidente, en respuesta a denuncias interpuestas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

El fallo de los consejeros electorales consistió en ordenar al IMSS realizar, en un plazo máximo de 24 horas, las acciones, trámites y gestiones suficientes para detener o suspender la elaboración, distribución y entrega de las cartas que contienen los formatos primero y segundo denunciados y, en todo caso, sustituirlas por documentos o comunicaciones que se ajusten al marco constitucional.

Cuando los consejeros electorales Claudia Zavala, Adriana Favela y Jaime Rivera, quienes integran la citada comisión, analizaban el contenido de las dos cartas impugnadas, recibieron una tercera versión que les remitió el IMSS, cuyo contenido ya no hacía referencia al presidente López Obrador, sino sólo al gobierno federal, lo que obligó a decretar un receso; al reanudarse la sesión resolvieron dictar las medidas cautelares correspondientes.

Pese a que López Obrador informó desde el pasado 1 de mayo, durante su conferencia matutina diaria, su decisión de retirar nombre y firma de las referidas cartas, el IMSS interpuso al día siguiente, ante la Sala Superior del TEPJF, el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador del INE, que el máximo tribunal electoral del país resolvió

ayer.

“En sus alegatos, el IMSS señaló, entre otros argumentos, que el INE hizo una indebida valoración de pruebas, que se extralimitó en sus funciones para conocer e imponer las medidas cautelares, al estar restringida su competencia para conocer de la difusión de propaganda en radio y televisión”, informó el TEPJF.

El tribunal electoral indicó que luego del análisis, los magistrados de la Sala Superior “desestimaron los señalamientos del IMSS y ratificaron la decisión” del Instituto Nacional Electoral.

politica@eleconomista.mx

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