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Hacienda ve beneficios "inequitativos" para nomineras en iniciativa de cobranza delegada
Dependencia se pronuncia en contra del proyecto; sugiere cambios de fondo al proyecto de dictamen. Se votará hoy en la Cámara baja.
Foto EE: Fernando Villa del Ángel
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), por medio de su Unidad de Banca, Valores y Ahorro, se ha pronunciado en contra del proyecto de dictamen a la reforma que trataría de regular el crédito de nómina con una figura llamada cobranza delegada y que posiblemente hoy se vote en el pleno de la Cámara de Diputados, una vez que pasó por comisiones.
En un documento obtenido por este medio, fechado el pasado 7 de marzo, la dependencia a cargo de Rogelio Ramírez de la O afirma que, en caso de no hacer las correcciones pertinentes al proyecto, se beneficiaría de forma "desproporcionada e inequitativa" a las entidades financieras que otorgan este tipo de financiamiento e iría en perjuicio de los trabajadores que adquieren estos préstamos.
"La SHCP a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro (UBVA), en el ámbito de competencia de dicha Unidad, se pronuncia en contra del proyecto de dictamen", se puede leer en el documento y añade que se deben de hacer correcciones que otorgaría las medidas mínimas indispensables para salvaguardar el equilibrio entre los derechos de los trabajadores y las instituciones financieras acreditantes.
El pasado 8 de marzo, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó con 21 votos a favor y 18 en contra el dictamen con proyecto de decreto a la minuta para reformar y adicionar diversas disposiciones de las leyes General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Según el proyecto, éste tiene como finalidad incluir la figura de cobranza delegada en estos financiamientos, es decir, que un tercero (como un patrón) pueda, previa autorización del acreditado, realizar el entero de los pagos del financiamiento provenientes del sueldo del beneficiario del préstamo, o prestaciones de carácter laboral o afines.
Asimismo, dicho proyecto contempla la figura de la libranza, que se define como un acto por medio del cual dicho acreditado instruirá a su empleador, o a la institución de seguridad social a la que esté afiliada, para que, a su nombre y cuenta, realice un pago parcial o total del crédito de nómina que recibió.
Para Hacienda, es necesario que se establezca la excepción para que la persona acreditada pueda revocar la libranza, por lo que es pertinente incluir un artículo que contenga la hipótesis bajo la cual los trabajadores acreditados podrán revocar su libranza, por ejemplo, en caso de que los financiamientos superen más de 1.40 veces el Costo Anual promedio del trimestre más reciente aplicable a los financiamientos bancarios asociados a la nómina.
Además, Hacienda sugiere incorporar un artículo para que los convenios de cumplimiento, entre nomineras y empresas (ya sea del ámbito privado o gubernamental), puedan ajustarse a esta normativa para los créditos que se otorguen bajo dichos acuerdos, con el fin de evitar que exista un arbitraje en la ley.
El documento alerta que de no adoptarse dichas sugerencias, los trabajadores beneficiarios de estos préstamos otorgarían su consentimiento para que su empleador disponga de su salario de forma irrevocable y sin posibilidad alguna de cancelación de este tipo de financiamientos, los cuales tienen un CAT que no corresponde al bajo riesgo de impago asociado a la nómina del acreditado.
"Lo anterior significa que, se estaría beneficiando de forma desproporcionada e inequitativa, a las entidades financieras, en perjuicio de los trabajadores, quienes, a cambio de la irrevocabilidad de su consentimiento, no recibirían tasas razonables", destaca el documento de Hacienda.
"Plantea incentivos a las entidades financieras para no tener que bajar sus tasas, y riesgos de sobre endeudamiento y pérdida de bienestar frente a altos costos del crédito. Estas omisiones plantean un claro desbalance de los beneficios de la reforma en perjuicio de los trabajadores", añade el documento de Hacienda.
En este contexto, Hacienda sugiere que el proyecto considere que los empleadores acepten convenios de otros acreditantes, cuando el CAT de los financiamientos sea mayor a la fórmula propuesta por esta dependencia, así como sanciones a los patrones que incumplan con esta disposición.
"Se deberá prever la facultad de la Condusef (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) para emitir disposiciones de carácter general, a través de las cuales se establezcan lineamientos para verificar la capacidad de endeudamiento de la persona empleadora", destaca el documento.
También sugiere acciones para que la Condusef pueda ser más partícipe en caso de alguna controversia con alguna entidad que ofrece este tipo de financiamientos.
El proyecto establece que sólo pueden ser acreedores de créditos de nómina personas morales que tengan el carácter de entidades financieras, ya sea instituciones de banca múltiple o sociedades financieras de objeto múltiple.
Opiniones en contra
Mario Di Costanzo, especialista en materia financiera y expresidente de la Condusef, indicó que por lo regular los créditos de nómina tienen un alto costo para los trabajadores, pese a que el riesgo de impago es mínimo, especialmente en sofomes que hacen convenios con entidades gubernamentales.
"Estas sociedades llamadas sofomes, conocidas como sofomes nomineras, trabajan mucho con gremios como sindicatos y dependencias, para ofrecer créditos a los trabajadores, donde lo único que solicitan es el talón de pago (del salario) y quizá una autorización para que se lleve a cabo del descuento de la nómina... En estos créditos que otorgan las sofomes, se cobran tasas tres o cuatro veces mayores que los créditos de nómina bancarios", destacó Di Costanzo.
Desde hace algunos meses, organizaciones de la sociedad civil, como El Barzón en Veracruz, manifestaron su oposición a este proyecto, debido a que el empleador sería responsable en caso de que el acreditado no liquide su préstamo, por lo que estaría en riesgo de ser embargado sin la necesidad de un juicio mercantil de por medio, como se requiere actualmente.
Asimismo, alertaron que con este proyecto atentaría contra percepciones del trabajador que por la normativa y la Constitución, no se pueden tocar, tales como salario devengado, pensión o renta vitalicia, saldos disponibles en cuentas de ahorro para el retiro u honorarios a favor del trabajador.
“Es una reforma inconstitucional. El salario y las pensiones por disposición de la ley son inembargables, solamente pueden ser objeto de embargo a través de un juicio y una orden judicial”, alertó la representación de El Barzón en Veracruz.
La reforma fue impulsada desde el 2018, por los entonces senadores de Morena, Pedro Miguel Haces Barba (líder sindical) y Miguel Ángel Navarro Quintero, actualmente gobernador de Nayarit.