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Conacyt asegura que es falso que suspenderá becas por embarazo o manifestación

El documento que se encuentra en la plataforma de Conamer para su consulta y abierto a comentarios sí manifiesta preocupación por ambos puntos.  

Con un aviso informativo, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) aseguró que es falso que el Conacyt suspenderá becas estudiantes mexicanos en el extranjero por participar en protestas o por embarazo. Dijo que la nota “Conacyt suspenderá becas por participar en protestas”,  publicada por un diario de circulación nacional “tergiversa los hechos”, asegurando que los artículos a los que se está haciendo referencia  son disposiciones que han estado contempladas en los reglamentos de becas del Consejo, al menos desde 2008. 

Agregan que la propuesta de reglamento de becas se encuentra en un proceso abierto de análisis en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), conforme lo establece la Ley General de Mejora Regulatoria, en el que dicho proceso la comunidad y el público en general pueden hacer comentarios, sin embargo no es obligatorio  tomarlos en cuenta, tal como pasó en el proceso del acuerdo en el que se reformó el reglamento del Sistema Nacional de Investigadores, mismo que recibió 33 comentarios que en su momento, pero no fueron tomados en cuenta.  

Con todo y lo sucedido con anterioridad, el Conacyt dijo que retomará los comentarios recibidos para mejorar la propuesta, y que dará a conocer la redacción final del reglamento, tan pronto como se tenga para evitar información “malintencionada”.  

Habría que destacar que el documento que hoy es público en la página del Conamer, con fecha de apertura del 21 de enero de 2022 y con número de expediente 20/0003/210122, ha recibido hasta el momento seis comentarios que sí hacen referencia a la preocupación en ambos aspectos. 

Por ejemplo, se explica que “el Artículo 20 fracción IV (suspensión de beca por maternidad o ser padres) es discriminatorio, sobre todo tomando en cuenta que, al contrario de las fracciones II y III, no se prevé un mecanismo de reanudación de beca. Además, en el caso de las fracciones III y IV no se delimita quién puede solicitar la beca, lo cual abre la puerta a abusos como que la escuela, superior jerárquico, etc solicite la suspensión de beca por embarazo”.  

En otra participación se anticipa que en las descripciones de cuándo y cómo funcionará la suspensión de beca no se hace mención a criterios particulares para solicitar una suspensión en el caso del apartado IV. “Es decir, no se especifica duración, criterios, ni se establece garantía para que la beca pueda ser retomada por la becaria”, agrega que “En ese sentido debieran explicitarse la temporalidad del periodo de extensión, así como los criterios para realizar la solicitud”.  

Otro comentario expresa su preocupación por el artículo I6, Sección II, párrafo A, que “contraviene derechos humanos, garantías constitucionales mexicanas y tratados internacionales''. Particularmente, las libertades de expresión, manifestación y reunión, así como el carácter democrático de la educación. En gran parte porque establece que ´La o el Becario que realice estudios o proyecto fuera de [México] […] deberá […] abstenerse de participar en cualquier tipo de evento o manifestación de carácter político”. El remitente menciona que el problema es que no específica quién o qué objeto, persona física o persona moral tiene que ser sujeto de tal manifestación. Y se pregunta si no se estaría amenazando y castigando a mexicanos que, desde el extranjero, se expresen a favor o en contra de cualquier cosa que suceda en México. 

Por ahora, son comentarios de ciudadanos que se han expresado y que aún no se sabe si Conacyt tomará en cuenta o no para el documento final, aclaró la dependencia.

nelly.toche@eleconomista.mx

kg

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