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Política

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SCJN desecha acciones de inconstitucionalidad contra reforma de equidad de género en Coahuila

Dicha reforma establecía la alternancia de género para la gubernatura, e incluso cargos públicos y aquellos que no se renuevan mediante el voto popular. Consideraba que, si en 2023 se elegía a un hombre como gobernador, en 2029 todos los partidos deberían postular mujeres.

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Foto EE: Rosario Servin

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos en contra de una reforma en Coahuila que considera que si en 2023 se elegía a un hombre como gobernador, en 2029 todos los partidos deberían postular mujeres. 

Lo anterior debido a que la semana pasada, el Tribunal Constitucional de Coahuila invalidó la reforma aprobada el 17 de diciembre pasado por el Congreso local en materia de paridad de género, misma que entró en vigor el 21 de enero de este año.

Dicha reforma establecía la alternancia de género para la gubernatura, e incluso cargos públicos y aquellos que no se renuevan mediante el voto popular. Consideraba que, si en 2023 se elegía a un hombre como gobernador, en 2029 todos los partidos deberían postular mujeres.

La ministra Loretta Ortiz, ponente del asunto, estimó que las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Unidad Democrática de Coahuila y Verde Ecologista de México, quedaban sin efecto, toda vez que la semana pasada el Tribunal Constitucional de Coahuila anuló la reforma.

En su resolución de la semana pasada, el Tribunal Constitucional estableció que conforme a la Constitución de Coahuila y la Ley de Justicia Constitucional local, para que las reformas constitucionales locales sean válidas “se debe garantizar la deliberación mínima del sentir de los ayuntamientos”.

jorge.monroy@eleconomista.mx

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