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Opinión

Lectura 4:00 min

El secreto

Antes de que se pregunten qué tiene que ver el secreto con la propiedad intelectual, me permito advertir que no me voy a referir a ningún método de superación personal ni de programación neurolingüística.

A todos aquellos que deseaban que se tratase de la ley de atracción, siento decepcionarlos; no obstante, los invito a continuar la lectura, ya que puede servirles para identificar cómo algunos secretos, siempre y cuando estén muy bien guardados , pueden ser considerados activos

intelectuales de sus empresas y por lo tanto ser una fuente de generación de recursos.

Cada vez son más los empresarios que toman conciencia de que la información y los conocimientos generados a través de los años son elementos valiosos que les confieren una ventaja respecto de la competencia. Por ejemplo, la lista de clientes, los procedimientos, la metodología, las recetas y fórmulas contribuyen a atraer negocios a las empresas, creando una ventaja comercial frente a la competencia que no los tiene. Algunas empresas son especialmente juiciosas de la importancia que reviste dichos conocimientos, otras sólo toman noción de su trascendencia cuando la competencia trata de hacerse de sus bases de datos, planes de comercialización o copiar su manera de hacer negocios.

Ahora bien, me pregunto ¿qué pasaría si de la noche a la mañana alguno de sus empleados, colaboradores o socios comerciales diesen a conocer a la competencia todos aquellos secretos que usted ha mantenido sigilosamente bajo su resguardo y que lo mantiene en la delantera? ¿Verdad que podría ser una pérdida cuantiosísima para su empresa?

La Ley de la Propiedad Industrial regula la figura del secreto industrial o comercial como un instrumento jurídico que sirve para proteger y resguardar la información confidencial. Se entiende por ésta a cualquier tipo de información que pueda tener importancia para su propietario, información que no es de conocimiento público y que éste se ha esforzado por mantener secreta.

Por ejemplo, las recopilaciones de datos, listas de clientes, dibujos y modelos, planos arquitectónicos, proyectos y mapas, algoritmos y procesos de programas informáticos, métodos didácticos, fórmulas de fabricación de productos; estrategias comerciales, métodos empresariales y planes de comercialización, etcétera.

Los secretos comerciales pueden representar ventajas frente a la competencia, como por ejemplo: el derecho a utilizar información secreta por parte de un tercero como resultado de un contrato de cesión o licencia de derechos.

Uno de los medios más comunes de proteger los secretos comerciales son las cláusulas de confidencialidad o de no competencia que figuran en los contratos de trabajo con los empleados y en contratos de prestación de servicios con socios.

Toda empresa precavida debe de aplicar las mismas reglas y requisitos para la protección de información confidencial en relación con contratistas, consultores, proveedores, clientes y en general con aquellas personas que por alguna razón entren en contacto con la misma, incluso desde el inicio de las negociaciones en alianzas estratégicas, compras o servicios.

Toda vez que la información se desea conservar en forma confidencial, no es necesario proceder al registro ante las autoridades correspondientes para obtener la protección de la ley, como es en el caso de las marcas o patentes, por consiguiente, el costo de protección de los secretos comerciales equivale al costo de implementación de una política y un programa de seguridad y protección de la información en la empresa.

Por lo tanto, toda empresa que haya tomado iniciativas sistemáticas para preservar la confidencialidad o el secreto de su información podrá tomar acciones jurídicas para obtener compensación por daños y perjuicios, como resultado del uso o revelación por parte de terceros, independientemente de las acciones penales correspondientes.

En conclusión, si usted tiene un primo que conoce algunos secretitos corporativos, recomiéndele que no los cuente ya que podría tener problemas con la ley. La próxima vez que desee guardar un secreto en su empresa, asegúrese de que se han tomado las medidas para protegerlos, con el fin de darles un verdadero valor agregado.

*Doctor en Derecho, especializado en propiedad intelectual, competencia económica y telecomunicaciones.

aancona@anconaasociados.com

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