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CRT acota su intervención en derechos de audiencias tras críticas por libertad de expresión
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprobó los lineamientos de derechos de las audiencias tras acotar su intervención en quejas, contenidos y sanciones. Los cambios buscan, dijo el regulador, preservar las decisiones editoriales de los medios.

Foto EE:
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos lineamientos sobre derechos de las audiencias, pero modificó tres de los puntos que habían generado mayor controversia durante la consulta pública.
Se trata de la intervención del regulador en las quejas, las obligaciones sobre veracidad de la información y el régimen de sanciones.
La versión definitiva elimina la posibilidad de que la CRT intervenga en cualquier momento durante la atención de una queja.
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Ahora, el regulador sólo podrá hacerlo a solicitud de las audiencias cuando el medio de comunicación incumpla el procedimiento, por ejemplo, si no atiende una inconformidad, no entrega información requerida por la defensoría de audiencia o no responde a una recomendación.
Norma Solano, comisionada presidenta de la CRT, rechazó que los lineamientos otorguen facultades para controlar los contenidos de radio y televisión.
“La CRT no revisa contenidos y las decisiones editoriales, los programas son responsabilidad de los medios, pues conforme a sus propios principios, valores y criterios”, afirmó.
Otro cambio relevante ocurrió en el artículo 12 de los lineamientos.
El proyecto sometido a consulta establecía que los concesionarios debían adoptar medidas para evitar la difusión de información “falsa, descontextualizada o información histórica como si fuera actual”, una disposición cuestionada por posibles implicaciones sobre la libertad editorial.
La redacción última aprobada establece, en cambio, que los concesionarios deberán preservar la pluralidad y veracidad de la información conforme a sus propios criterios editoriales y códigos de ética.
De esta manera, la responsabilidad sobre los criterios para el tratamiento de la información permanece en los medios.
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Los lineamientos también delimitan las conductas que podrán ser sancionadas. Entre ellas se encuentran no poner a disposición de las audiencias mecanismos de defensa, carecer de una persona defensora de las audiencias o no contar con un código de ética.
Los medios deberán mantener además mecanismos para diferenciar información de opinión y contenidos periodísticos de publicidad.
Las audiencias dispondrán de siete días para presentar una queja y las defensorías deberán desarrollar el procedimiento correspondiente en un plazo máximo de 20 días.
La aprobación ocurre después de una consulta pública realizada entre el 27 de julio y el 21 de agosto.
Norma Solano sostuvo que el alcance del regulador estará limitado a vigilar el cumplimiento del procedimiento y no a determinar el contenido de las respuestas de los medios.
“Lo que sí se revisa es que siempre dé respuesta (…) en los plazos que se indican para el procedimiento”, señaló.



