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Capital Humano

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Reforma de finiquito seguro: Proponen fijar en la LFT plazo límite para el pago 

Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone establecer en la Ley Federal del Trabajo un plazo máximo de tres días naturales para pagar el finiquito y entregar un recibo desglosado.

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Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone establecer en la Ley Federal del Trabajo un plazo máximo de tres días naturales para pagar el finiquito.FOTO: SHUTERSTOCK.

Gerardo Hernández

Las reglas para el pago del finiquito podrían cambiar, al menos eso se plantea en una propuesta presentada en la Cámara de Diputados para establecer en la Ley Federal del Trabajo (LFT) un plazo límite para la liquidación de las prestaciones y el salario cuando se termina una relación laboral. 

La iniciativa promovida por la diputada Abigail Arredondo Ramos (PRI) propone fijar en la LFT un plazo de tres días naturales, a partir del término de la relación de trabajo, para que el trabajador reciba su pago de finiquito.

La Ley Federal del Trabajo, en el apartado que regula la terminación de las relaciones de trabajo, es omisa en precisar la forma y momento justo en que la parte patronal debe cubrir el monto de dichas prestaciones cuando concluye la relación laboral. Ello ha generado abusos en perjuicio de las personas trabajadoras que deciden renunciar a su empleo o que son separadas de él, pues, una vez que abandonan el centro de trabajo, no existe certeza sobre los montos ni sobre la temporalidad en que el patrón pagará el finiquito correspondiente”, señala la legisladora en el proyecto.

En ese sentido, la propuesta busca darles más certeza a los trabajadores sobre el pago de su finiquito incorporando como obligación patronal la entrega de un recibo junto con el monto a más tardar tres días naturales después de la separación del puesto.

El recibo de finiquito que los empleadores entregarán deberá contener el siguiente desglose:

  • Los días laborados y no pagados en el último periodo de trabajo
  • La parte proporcional de aguinaldo
  • La parte proporcional de las vacaciones y de la prima vacacional
  • La prima de antigüedad, en los casos que proceda conforme a la Ley

Esta iniciativa propone cubrir dicho vacío legal y establecer en la Ley Federal del Trabajo que, sin importar la causa que haya motivado la terminación de la relación laboral, la persona trabajadora tiene derecho a recibir, en un plazo máximo de tres días naturales, el recibo de finiquito correspondiente”, indica la diputada Abigail Arredondo.

Para evitar que el recibo de finiquito se use acreditar una falsa renuncia o un despido justificado, se plantea sumar un candado.

“La firma o recepción del recibo finiquito y de la retribución, no prejuzgará sobre la causa de la rescisión ni implicará renuncia de algún otro derecho o prestación reclamable por el trabajador o por el patrón”, se indica en la adición propuesta al artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo.

La iniciativa también propone que estas reglas se apliquen en los casos de rescisión de la relación de trabajo por causa imputable al patrón.

Para asegurar que se respete el plazo fijado, el proyecto incorpora el pago de intereses de 2% mensual sobre la cantidad no liquidada. 

¿Qué es el finiquito?

El finiquito es el pago que recibe un trabajador cuando finaliza la relación de trabajo por mutuo acuerdo, por renuncia voluntaria o por el vencimiento de un contrato, indica BBVA México.

En términos prácticos, este monto es la liquidación del salario y las prestaciones. En ese sentido, se compone de cuatro elementos:

  • La remuneración de los días laborados y no pagados
  • La parte proporcional del aguinaldo
  • Pago de vacaciones no disfrutadas y prima vacacional
  • Otras prestaciones establecidas en contratos individuales o colectivos.

En estos casos, se puede incluir el pago de una prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año de servicio, pero sólo cuando se cumple con 15 años continuos de prestación de servicios.

El finiquito es distinto a la indemnización de tres meses que se entrega al trabajador cuando hay un despido por una causa ajena a la voluntad del trabajador, como recortes de personal por optimización de equipos.

En situaciones de recortes de personal, se perciben los conceptos del finiquito, adicional a la indemnización y un importe de 20 días de salario por cada año de servicio, sólo si la relación de trabajo es por tiempo indeterminado.

Para los contratos de tiempo definido, si la antigüedad es menor a un año se paga una cantidad igual al salario percibido en la mitad del tiempo laborado. Si la prestación del servicio excede un año, se otorga un monto igual a seis meses de salario por el primer año y 20 días de salario por cada año adicional. Estas sumas son adicionales al finiquito y la indemnización de tres meses de remuneración.

Gerardo Hernández

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano y coconductor del podcast Coffee Break.

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