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¿Por qué el PTU no fue de 3 meses de sueldo? La duda común sobre el reparto de utilidades
El reparto de utilidades está topado a tres meses o el promedio del PTU recibido en los últimos tres años, una regla que se incorporó a la legislación laboral hace cuatro años, con la reforma de subcontratación.
El PTU está topado a tres meses o el promedio del pago recibido en los últimos tres años. / FOTO: SHUTTERSTOCK.
La duda no es nueva, pero es de las más comunes en torno al reparto de utilidades, ¿por qué no siempre se recibe un pago de tres meses de salario? La regla para el cálculo del PTU tiene cuatro años aplicándose, pero aún genera inquietud.
La respuesta rápida, es que los tres meses de salario es un tope, no un mínimo. Este criterio se incorporó a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para el cálculo del reparto de utilidades con la reforma de subcontratación (outsourcing) en 2021.
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Esto fue a petición del sector empresarial y en acuerdo con los sindicatos, para evitar distorsiones en el pago de la prestación al eliminar el outsourcing basado en suministro de personal, especialmente en industrias intensivas en uso de mano de obra y con factores externos que pueden influir en las ganancias.
Por ejemplo, datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indican que en la industria acerera se llegaban a presentar montos equivalentes a ocho meses de salario.
En ese sentido, con la reforma de outsourcing la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU) se topó a tres meses o el promedio del pago recibido en los últimos tres años, se otorga la cantidad más alta.
La regla fue declarada como constitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2024. La Segunda Sala determinó que la Constitución no contempla ningún límite en el monto, por lo cual, se trata de una variable que se puede modificar.
Además de esto, la SCJN indicó que el tope de tres meses no es definitivo, ya que la norma permite pagar un promedio de los últimos tres años, dejando la puerta abierta a que el trabajador reciba una cantidad mayor.
¿Qué pasa cuando no se tiene los tres años de antigüedad? Si bien la Ley Federal del Trabajo no lo especifica, la STPS a través de la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades, aclara que en estos casos, las empresas deberán promediar los últimos tres años pagados en la categoría o plaza que ocupa el empleado.
“En el caso de la aplicación del reparto de utilidades en la modalidad que prevé pagar el PTU mediante el promedio del salario de los últimos tres años, la antigüedad del trabajador no será un factor para tomarse en cuenta. En consecuencia, a los trabajadores con antigüedad menor a tres años se les deberá aplicar para el cálculo referido, el monto promediado de los últimos tres años que haya correspondido a la categoría, plaza, cargo, nivel o puesto que ocupan en ese momento”, indica la dependencia.
De acuerdo con la última Encuesta de Compensación Personal Sindicalizado y no Sindicalizado de AON, la mayoría de las empresas otorgó en 2024 un reparto de utilidades mayor, seis de cada 10 compañías pagaron un PTU en promedio 54.5% mayor al del año previo.
Además, un pequeño grupo de empresas (4.6%) reportó un crecimiento drástico en el reparto de utilidades; por ejemplo, de 4,500 a 72,000 pesos.
Excepciones a la regla
A diferencia de prestaciones como el aguinaldo o las vacaciones, no todos los trabajadores participan en el reparto de utilidades. La primera excepción a la regla son las personas que están en puestos de dirección, administración y gerencias generales de las empresas, roles que la propia LFT considera como excluidos del PTU.
También hay empresas que no están obligadas a repartir utilidades entre sus empleados, la Ley Federal del Trabajo considera los siguientes casos:
- Empresas de nueva creación y en su primer año de operaciones
- Empresas de nueva creación y que se encuentran en la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento
- Empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración
- Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
También hay reglas diferenciadas para empleados de confianza y eventuales, quienes también tienen derecho a PTU.
En el caso de trabajadores de confianza, el monto que reciben dependerá si su remuneración es superior al salario más alto de un trabajador sindicalizado o de planta, si es así, se considerará este sueldo aumentado al 20% como salario máximo para calcular el PTU.
Para empleados eventuales, el personal participa en las ganancias de la empresa sólo cuando haya laborado sesenta días durante el año.