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Capital Humano

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¿Qué es la NOM-017? Conoce la nueva regulación de seguridad en el trabajo que ya está vigente

La NOM-017 establece nuevas obligaciones para que las empresas proporcionen equipos de protección personal. 

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Este 28 de septiembre entró en vigor la nueva versión de la NOM-017 sobre equipos de protección en el trabajo.Foto: Shutterstock

Nancy Escutia

Este 28 de septiembre entró en vigor la actualización de la NOM-017, una regulación sobre equipo de protección personal (EPP) en los centros de trabajo, y obliga a las empresas en México a garantizar la seguridad de sus trabajadores con equipos certificados.

Su principal objetivo es proteger a los trabajadores contra riesgos y enfermedades derivadas de sus actividades, un tema de vital importancia considerando que, en 2024 se contabilizaron 610,751 riesgos de trabajo en el país, según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

De ese universo, 418,514 fueron accidentes de trabajo y 16,880 enfermedades de trabajo. No obstante, el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) es el ejemplo de que la prevención disminuye los incidentes.

El Primer informe de Labores 2024-2025 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indica que, en las 3,552 empresas que están inscritas en el PASST, se logró una reducción de 1.9% a 0.72% en la tasa de accidentes laborales. 

Identificación de tipos de riesgo

La NOM 017 contempla nuevas obligaciones, incluyendo la identificación y análisis de los diferentes tipos de riesgos a los que se exponen los trabajadores por cada puesto y área, tales como:

1. Riesgos físicos: Derivados del medio ambiente laboral, como ruido, vibraciones, mala iluminación, radiaciones, temperaturas extremas y riesgo eléctrico.

2. Riesgos mecánicos: Por la acción de máquinas y herramientas pueden ocasionar cortes, abrasiones, punciones, contusiones, golpes por desprendimiento o proyección de objetos, atrapamientos, aplastamientos, quemaduras y lesiones.

3. Riesgos químicos: Por la exposición a sustancias químicas peligrosas, tóxicas, irritantes, corrosivas, sensibilizantes, mutagénicas, cancerígenas y teratogénicas de las materias primas, productos terminados, intermedios o desechos.

4. Riesgos biológicos: A la exposición de organismos vivos que pueden causar daño a la salud, como virus, bacterias y hongos, entre otros microorganismos.

Además, en apego a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la norma establece que el patrón deberá informar a los trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos, y en caso de requerirlo, brindarles el equipo de protección personal y ropa de trabajo que los protejan.

Equipo de protección acorde al riesgo 

Con la entrada en vigor de la NOM 017, los patrones tienen que detallar sobre las actividades que desarrollan los trabajadores, las regiones anatómicas expuestas a riesgos, qué equipo y ropa deben usar, así como brindarle capacitación y adiestramiento al respecto.

Por ejemplo, para proteger la cabeza, se puede proporcionar un casco contra impacto, dieléctrico o capuchas; en el caso de que la cara u ojos estén expuestos, el patrón deberá brindar anteojos y gafas de protección, protector facial, areta para soldador o gafas para soldador.

En cuanto a protección de oídos, se deben proporcionar tapones auditivos o conchas de protección auditiva; pero si el riesgo amenaza al aparato respiratorio, se dará respirador contra partículas, contra gases y vapores o equipo de respiración autónomo o con línea de suministro de aire, según las necesidades de la actividad.

Para proteger las extremidades superiores del cuerpo, se tienen que dar guantes contra sustancias químicas y agentes biológicos, dieléctricos, contra fuego y contra temperaturas extremas, contra agentes mecánicos o mangas.

Para las inferiores, el equipo de protección se compondrá por calzado ocupacional, puntera de protección, dieléctrico, con protección metatarsal, conductivo, resistente a la penetración, antiestático, contra sustancias químicas, polainas o botas impermeables.

Mientras que, para el tronco, se usará ropa o mandil contra fuego y/o altas temperaturas o sustancias químicas y contra riesgos biológicos, overol, bata o ropa de encapsulamiento contra sustancias peligrosas.

En el caso de quienes desarrollan actividades en alturas o espacios confinados, brigadistas en altas temperaturas y fuego, exposición a sustancias químicas o con deficiencia de oxígeno, se les deberá ofrecer equipo de protección contra caídas de altura y detector de gases.

NOM-017 y servicios subcontratados 

En el caso de los trabajadores de servicios especializados, también se les deberá informar sobre los riesgos a los que están expuestos y se les brindará el equipo necesario, el cual portarán en todo momento.

Esto significa que, tanto visitantes como contratistas, tendrán que contar con el equipo de protección personal durante su estancia en el centro de trabajo mismo que, en todos los casos, debe estar certificado y contener información del fabricante con fichas u hojas técnicas sobre la capacidad o grado de protección que ofrece.

Asimismo, los centros de trabajo deberán supervisar que el equipo siempre esté en buen estado, antes, durante y después de su uso, y compartir información sobre su cuidado y funcionamiento, así como las limitaciones con las que cuente.

En caso de presentar algún defecto, desgaste, o falla que no pueda repararse, el equipo debe desecharse y reemplazarse por uno nuevo, y el patrón debe propiciar acciones de descontaminación y limpieza de dichos equipos en el centro de trabajo, en caso de estar en contacto con agentes o sustancias contaminantes.

Uno de los puntos relevantes de la norma es que las indicaciones, instrucciones o procedimientos deben estar disponibles para consulta de los trabajadores.

La NOM 017 es de aplicación obligatoria para todos aquellos centros de trabajo que requieran equipo de protección personal, y a partir de su entrada en vigor, los centros de trabajo que no cuenten con las medidas señaladas pueden ser sancionados.

Nancy Escutia

Periodista con enfoque jurídico especializada en derechos y políticas laborales, bienestar y salud mental organizacional; egresada de la Maestría en Periodismo Político por la Carlos Septién García.

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