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ONG llaman a SCJN a eliminar trabas para tramitar asilo
En su pronunciamiento la Red TDT, Fundación para la Justicia, Asylum Access, Sin Fronteras IAP, entre otras ONG, recordaron que en abril de 2025 el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) promovió el Amparo en Revisión 429/2025 para solicitar que se declare la inconstitucionalidad del artículo 24 del reglamento, asunto que permanece pendiente de resolución en la SCJN desde enero de este año.
Las organizaciones afirman que el artículo 24 del reglamento de la Comar vulnera el principio de no devolución.
Organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales hicieron un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que declare inconstitucional el artículo 24 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, al considerar que impone medidas “desproporcionadas y discriminatorias” contra personas solicitantes de asilo en México.
A través de un posicionamiento difundido ayer, las agrupaciones señalaron que dicha disposición obliga a las personas solicitantes de refugio a comparecer semanalmente ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) y permanecer en la entidad federativa donde iniciaron su trámite, bajo la amenaza de concluir automáticamente el procedimiento en caso de incumplimiento.
Las organizaciones advirtieron que esta medida vulnera el principio internacional de no devolución (non-refoulement), además de restringir el derecho al libre tránsito y dificultar la integración laboral y social de quienes buscan protección internacional.
“El proceso de reconocimiento de la condición de persona refugiada es un mecanismo de protección internacional y no una herramienta de control migratorio”, señalaron las agrupaciones firmantes.
También, en su pronunciamiento la Red TDT, IMUMI, Fundación para la Justicia, Asylum Access, Sin Fronteras IAP, entre otras ONG, recordaron que en abril de 2025 el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) promovió el Amparo en Revisión 429/2025 para solicitar que se declare la inconstitucionalidad del artículo 24 del reglamento, asunto que permanece pendiente de resolución en la SCJN desde enero de este año.
Sostuvieron que la norma obliga a miles de personas a faltar semanalmente a sus empleos para acudir a firmar ante la Comar y las mantiene en ciudades con poca oferta laboral y altos niveles de inseguridad, lo que incrementa su vulnerabilidad y, según señalaron, ha derivado incluso en mayores expresiones de xenofobia.
Además, indicaron que la disposición resulta innecesaria debido a que las personas solicitantes de asilo cuentan con estancia migratoria regular mediante la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias, documento que debe ser otorgado por el Instituto Nacional de Migración (INM).
También alertaron que esta medida puede colocar a las personas en riesgo de detención migratoria y eventual deportación, pese a encontrarse en un proceso de protección internacional.
En el posicionamiento, las organizaciones urgieron a la Corte a ordenar la reanudación de los procedimientos de asilo suspendidos por incumplimientos relacionados con esta norma, independientemente del lugar donde se encuentren actualmente las personas afectadas.