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Multas en materia electoral deben cumplir nueva unidad de medida
En el criterio jurídico se establece que la nueva Unidad de Medida y Actualización sustituiría la medición con base al salario mínimo, así como la obligación de todas las autoridades nacionales y estatales de adecuar sus disposiciones jurídicas para ese efecto.
La Sala Superior del Tribunal Electoral federal estableció que el cálculo y determinación del monto de las multas por infracciones a disposiciones en la materia deben cumplir el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de imponerlas.
Lo anterior, de acuerdo a la tesis LXXVII/2016, con el rubro Multas. Se deben fijar con base en la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de imponerla , aprobada por unanimidad el 1 de septiembre por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En el criterio jurídico se establece que la nueva Unidad de Medida y Actualización sustituiría la medición con base al salario mínimo, así como la obligación de todas las autoridades nacionales y estatales de adecuar sus disposiciones jurídicas para ese efecto.
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Mediante un comunicado, la Sala Superior del tribunal electoral precisó que todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización.
De acuerdo con la tesis, corresponde al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos respecto a los procesos electorales federales y locales y, por ende, la adecuación correspondiente.
El criterio se fundamenta en los artículos 26 y 41, Base V, Apartado B, de la Constitución; segundo, tercero y quinto transitorio del Decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Carta Magna, en materia de desindexación del salario mínimo.
Con ello, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación refrendó su compromiso de otorgar certeza a la fiscalización y a los montos de las sanciones que se impongan en materia electoral.
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mfh