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La CRT: nuevo detector de mentiras
Diana N. Ronquillo | Pendiente Resbaladiza
El lunes inició formalmente la consulta pública sobre los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, a cargo de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). La temática no es nueva, pues desde hace ya meses, la Presidenta Sheinbaum amenazaba con regular los derechos de las audiencias, cada vez que no le gustaba alguna noticia que exhibiera deficiencias o escándalos de su Gobierno, dejándonos claro que su preocupación no son las audiencias, sino la imagen de su Gobierno. Nunca se logró aprender el nombre del órgano regulador en la materia, ni quién era su titular, y tampoco ha entendido que los derechos de las audiencias previstos en la ley no son aplicables a los medios impresos, pero siempre tuvo claro que cualquier publicación desfavorable a su movimiento no puede ser cierta, y por lo tanto constituye desinformación y queda prohibida. Si algún malicioso se atreviera a interpretar que esto es censura, también está desinformando y habrá que censurarlo.
Pues bien, los Lineamientos que la CRT sometió a consulta efectivamente regulan la supuesta “desinformación” y exigen a todas las televisoras, estaciones de radio y programadores de canales que adopten las medidas necesarias para no difundir información falsa, descontextualizada o información histórica como si fuera actual. Esta obligación no tiene fundamento en la ley ni en la Constitución, por lo que es inconstitucional.
Además, dada la ambigüedad con la que se define a los programadores en los Lineamientos, la obligación también sería aplicable a cualquier contenido audiovisual o sonoro que se transmita por Internet, siempre y cuando se organice con el formato de un canal. En estricto sentido, Youtube también quedaría regulado. La sanción por incumplir con esta disposición puede ser una multa de hasta el 1% de los ingresos que el infractor haya generado durante el año anterior, y solamente puede impugnarse mediante amparo, sin derecho a suspensión.
Por otra parte, los Lineamientos desvirtúan por completo el esquema de autorregulación que hasta ahora se había aplicado en materia de derechos de las audiencias, para preservar la libertad de expresión. Los valientes defensores de las audiencias que han luchado más de una década para incrementar la proporción de actores de tez morena en las telenovelas, ahora serán supervisados por la CRT, quien podrá modificar o revocar sus determinaciones para que el medio de comunicación rectifique o modifique el contenido, publicidad o programa que haya motivado la queja ante el defensor. Básicamente, los defensores de las audiencias, que supuestamente debían ser independientes, serán ahora una pantalla para que la CRT pueda interferir los contenidos simulando que sólo supervisa a los defensores.
En un extraño ejercicio de ironía involuntaria, Infodemia MX publicó el día de ayer en su cuenta oficial en “X” un post sobre los Lineamientos, asegurando que es falso que el Gobierno nos quiera decir lo que es falso y lo que no. Infodemia MX es una herramienta creada por el propio Gobierno para desmentir la información que éste considera falsa, así que no queda claro si con su post desaprueba su propia razón de ser y el propósito de su creación, o si es un conflicto de competencias con la CRT, y ahora están peleando por el monopolio de la verdad.
Según Infodemia MX, los Lineamientos permiten que los medios apliquen sus propios criterios editoriales, pero los artículos 12, 47 y 50 del documento en consulta dejan claro que la CRT tendrá la última palabra en materia de contenidos, y podrá ordenar su rectificación o modificación.
Por si fuera poco, la consulta pública ha roto récords en comentarios. En menos de 48 horas, se registran ya 70 comentarios al cierre de esta colaboración. La mayoría de ellos se encuentran sospechosamente alineados al régimen, y felicitan a la Presidenta por combatir la desinformación. Para darnos una idea, en las 13 consultas que ha convocado la CRT, el promedio de comentarios es de 25 por consulta, que corresponden a 1.25 comentarios por día hábil.