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Reforma no convence al mercado laboral

A cinco meses de la promulgación del nuevo marco normativo en materia de trabajo, acecha a empleadores incertidumbre sobre los criterios de validez del outsourcing y las multas por incumplimiento.

Los más de 300 cambios efectuados el año pasado a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para flexibilizar la contratación y despido de trabajadores hasta el momento no han tenido efectos en una mayor generación de empleos. Y, a cinco meses de entrados en vigor, 74% de los empresarios asegura que los cambios no cumplieron con sus expectativas.

Este último dato lo revela el estudio elaborado por KPMG denominado Perspectivas de la Alta Dirección en México 2013 , mismo que destaca: a pesar de que (la reforma) incluye muchas de las medidas demandadas por los empresarios, como la flexibilidad para contratar y despedir personal, y la limitación a la acumulación de salarios caídos durante la tramitación de juicios laborales, los empresarios parecen tener una opinión fuerte al respecto .

Así, durante el primer trimestre del año, se han generado 189,023 plazas de trabajo formal, el tercer monto más bajo para un periodo comparable en la última década (excluyendo al 2009, en cuyo primer trimestre se perdieron más de 181,000 empleos debido a la crisis económica de ese año).

Hugo Ítalo Morales, presidente de la Comisión Laboral de la Canacintra, confirma que existen muchas contradicciones en la redacción de los cambios propuestos, pues en el caso del outsourcing, sistema indispensable e ineludible para las empresas, ni la propia Secretaría del Trabajo lo ha entendido ni cómo vigilarlo .

Explicó que las imprecisiones no sólo se presentan en la forma final sobre cómo aplicar el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, que regula el outsourcing; sino porque siguen existiendo los esquemas de contratación a través de las sociedades cooperativas o comanditas, figuras mercantiles que sirven para simular el acto jurídico (de la subcontratación) .

El citado artículo 15-A contempla tres condiciones para que pueda efectuarse el outsourcing: no podrá realizarse en las actividades sustantivas que constituyan el objeto principal de la empresa; deberá justificarse por su carácter especializado, y no podrá abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo ni comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores.

Agregó que son pocas las empresas que están corrigiendo las nuevas disposiciones de la legislación, principalmente, porque están a la expectativa para ver cuál es el comportamiento de la autoridad: no ha hecho nada la dependencia .

En ese sentido, todavía no se tiene claro cuál serán los alcances de las modificaciones a los regímenes como el outsourcing, que no cumplió con las expectativas de los generadores de empleo .

De hecho, empleadores, miembros de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos (Amedirh), iniciaron el proceso de revisión de los prestadores de servicio de tercerización, pero aún no percibimos cambios importantes en las relaciones laborales , admitió Pedro Borda Hartmann, director de la Amedirh.

Carlos Gallegos, director jurídico laboral de Adecco, firma especializada en soluciones de capital humano, coincidió en que actualmente existen dos interpretaciones en cuanto al cumplimiento de las condiciones de las subcontratación, e incluso, ante el temor de ser multados, ha ocasionado que entre 5 y 20% de las empresas con contratos de outsourcing haya cambiado de proveedor.

De acuerdo con los especialistas, se espera que haya un cambio de opinión hasta en un año, pues ante la falta de claridad en la manera en que se deben aplicar los cambios de la ley, la postura de los empresarios será negativa.

A lo anterior, se suma la dificultad de las nuevas formas de contratación, como la de prueba, que no ha resultado atractiva, pues obligan al patrón a contratar por un tiempo excesivo al empleado cuando la evaluación de sus aptitudes puede ser más sencilla.

Y en el pago por horas, pagar de inicio el salario mínimo es modificar la forma de contratación, porque si requería que trabajaras sólo cuatro horas, ahora te contrataré por ocho horas y te pago lo mismo. Eso ha dado pie a que el trabajador de cierta especialidad ahora tenga que cumplir con otras tareas para justificar el salario que se le de , explicó Ítalo Morales.

Ven excesivas multas que plantea

LEGISLACIÓN DEBERÁ REVISARSE CADA DOS AÑOS: LABORALISTA

Jorge del Regil, abogado laboral de empresas como Grupo Azucarero México, GNP, Grupo Baillères, Concord, Aerolíneas Ejecutivas, Aeroméxico, Ceras Johnson, McDonald’s, American Express, Cinemex, Industrial Minera México o Honda, que atiende a través del despacho Baker & Mckenzie, asegura que la Ley Federal del Trabajo debe entrar a una revisión cada dos años, con el fin de fortalecer o modificar los esquemas que sí funcionan o eliminar aquellos que hacen inflexible la ley laboral.

En entrevista con El Economista, Del Regil explica que hay temas esenciales que se abandonaron en la reforma a la Ley Federal de Trabajo recientemente modificada, como es el caso de la revisión de la Participación de Utilidades a los Trabajadores, las multas y los registros sindicales.

Las multas son excesivas: quién va a pagar 1,500 días de salario mínimo por trabajador. Mejor que se queden con las llaves de la empresa. Y si tengo tres trabajadores que trabajaron jornada excesiva, la multa es de 1,500 días por trabajador: una empresa mediana o pequeña no lo aguantan , explicó respecto de las sanciones que contepla la reforma.

Lo que trajo la legislación

  • Nuevas formas de contratación: contrato a prueba, capacitación inicial por tiempo determinado y el teletrabajo (a distancia).
  • Pago por hora: prohíbe que el trabajador gane en una jornada -ya sea de ocho horas o de una hora- menos de un salario mínimo diario. Por lo tanto, si un trabajador labora menos de una jornada completa (ocho horas) no se fraccionará el salario mínimo, sino que recibirá, al menos, el equivalente al salario mínimo diario.
  • Outsourcing. Regulación que busca eliminar la simulación. El patrón deberá asignar al trabajador actividades especializadas y no podrán ser tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores a su servicio.
  • Salarios caídos por despido injustificado: se limitaría a un año la generación de salarios vencidos. Si éste continúa, se le pagará una tasa de interés de 2% mensual; el promedio de los juicios sigue siendo cinco años, lo que lo hace más costos.
  • Equidad de género. Se prohíbe solicitar certificados de no embarazo como requisito para contratar, y reconoce la licencia de paternidad, por nacimiento y por adopción, de cinco días con goce de sueldo.

Sin cambios sustanciales con la reforma

Pese a que se anunció que la reforma laboral aprobada en el último cuarto del año pasado traería una mayor generación de empleo, hasta el momento, no hay visos de que represente un aliciente para acelerar las contrataciones, aunque expertos afirman que la aprobación de las reformas que faltan podría desatar el potencial de los cambios.

  • 11.3 millones de ocupados (23.7% del total) de esta población se empleó en el sector industrial, en los primeros tres meses de este año.
  • 50.2 millones de personas fue la Población Económicamente Activa para el primer trimestre de este año.
  • 2.5 millones de personas fue la población desocupada al trimestre de referencia.
  • 3.9 millones de personas alcanzó la población subocupada al tercer mes de este año.
  • 8.2% fue la tasa de subocupación respecto de la población ocupada entre enero y marzo del 2013.
  • 29.7 millones de empleados (62.3% de la PEA) se ubicaron en el sector terciario o de servicios al primer trimestre del 2013.
  • 43 horas por semana en promedio trabajó la población ocupada en el primer trimestre del 2013.
  • 47.8 millones de personas se encontraban ocupadas durante los primeros tres meses del 2013, cifra que representó 630,000 personas más que lo registrado en el mismo periodo del año anterior.

pmartinez@eleconomista.com.mx

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