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Lineamientos del registro electrónico de jornada laboral se publicarán en diciembre
La STPS publicará en diciembre de 2026 los lineamientos finales del control de asistencia electrónico, con posibles reglas especiales para sectores como minería, agricultura y petróleo, además de un periodo de gracia de hasta 60 días.
La publicación final de la adaptación a la reforma será en la primera quincena de diciembre y posiblemente den 30 o 60 días adicionales: Ricardo Barbosa (STPS Jalisco).
Los lineamientos sobre el registro electrónico que emitirá la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en aras de la reducción de la jornada laboral, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la primera quincena de diciembre de 2026, anunció Ricardo Barbosa, titular de la dependencia de Jalisco.
“Será hasta diciembre cuando se emitirán los lineamientos finales del control de asistencia electrónico”, compartió el funcionario en el foro Futuro laboral local y nacional, durante el México Talent RH: Congreso Nacional de Capital Humano & Networking de Arioac.
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El funcionario explicó que, hasta la reunión que sostuvieron en julio de 2026 las Secretarías del Trabajo de Jalisco y la federal, no se contemplaban régimenes especiales, como los servicios de seguridad o choferes. Sin embargo, señaló que sí podrían incluirse en la versión final de los lineamientos.
Lineamientos de registro electrónico listos en diciembre
En tanto, las industrias mineras, agrícolas y petroleras sí serán consideradas en dichas reglas especiales, ya que la naturaleza de sus actividades les impide llevar un control de la jornada laboral como el resto de los sectores. Además, anticipó que se podría otorgar un periodo de gracia de hasta 60 días adicionales.
“La publicación final de la adaptación a la reforma será en la primera quincena de diciembre y posiblemente den 30 o 60 días adicionales”, mencionó.
Agregó que, como parte de los ajustes que requiere la reducción gradual de la jornada laboral, las empresas deben contemplar, además del control de asistencia mediante el registro electrónico, modificaciones en su documentación, incluidos contratos y reglamentos, en los que deberá especificarse el nuevo tiempo de trabajo y respetarse los límites máximos permitidos.
“No se pueden dobletear las jornadas. Aunque esté en contrato colectivo, tal como está la ley actualmente, no es posible”, puntualizó en el evento organizado por Arioac.
Además, explicó que, aunque algunas empresas estén pensando en hacer ajustes a la jornada laboral o ya los hayan negociado con sus trabajadores, estos no tendrán validez si no se formalizan mediante un documento que certifique el acuerdo entre todas las partes. De lo contrario, el ajuste podría considerarse una causa justificada de rescisión de la relación laboral con responsabilidad para el patrón.
“No lo puedes hacer unilateralmente, tiene que ser a través de un convenio. Si es un convenio individual, no necesita ratificarse; si está en un contrato colectivo, te tienes que esperar a tu revisión integral, que puede ser hasta el 28, aunque no lo recomendaría, o puedes convocar a una revisión extraordinaria. En ese caso, la mitad más uno de los trabajadores protegidos por ese contrato colectivo tendrán que votar”, explicó.
Los lineamientos que se publicarán a finales de 2026 establecerán las reglas para el control de asistencia electrónico y posiblemente para trabajos especiales; no obstante, el secretario recordó que será hasta la publicación definitiva del documento cuando se conozca la redacción final.
Lineamientos adicionales de la Ley Silla se publicarán en octubre
Durante el foro Futuro laboral local y nacional, Ricardo Barbosa anticipó que la STPS también publicará en octubre de este año un documento adicional en el DOF sobre la Ley Silla, el cual definirá lineamientos adicionales sobre el alcance de la norma, con el objetivo de que las empresas sepan cómo cumplir con ella.
“En este octubre se emitirá en el Diario Oficial de la Federación un documento adicional porque, por ejemplo, nosotros recomendamos como práctica laboral o Secretaría que sean 5 minutos de descanso por cada 3 horas de bipedestación activa, pero no está publicado en ningún documento oficial y es lo que manifestamos a la Secretaría del Trabajo Federal, que defina los lineamientos para que en el momento de la inspección el empleador sepa cómo cumplir”, indicó.
Detalló que, por ahora, las empresas del estado no han recibido inspecciones relacionadas con la Ley Silla, debido a que la dependencia local acordó con la federal esperar a la publicación de dichas reglas. Una vez que se publiquen, se realizarán capacitaciones virtuales o presenciales en la entidad para que los empleadores conozcan los alcances de los nuevos lineamientos y sepan cómo aplicarlos.