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Jornada de las 40 horas: La polémica por el día de descanso extra
La reducción de la jornada laboral en México ha desatado una polémica en torno a los días de descanso a los que se tiene derecho por ley, colocándose al centro del debate entre la defensa de la STPS y la crítica de la oposición.
La reducción de la jornada laboral en México ha desatado una polémica en torno a los días de descanso a los que se tiene derecho por ley.
En aras de “la flexibilidad”, el gobierno optó por reducir la jornada laboral en México en horas semanales, no en días de trabajo, y así quedó plasmado en el proyecto oficial que presentó al Congreso de la Unión. Pero es precisamente ése el argumento que ha usado la oposición para criticar la reforma.
De ahí la estrategia del secretario del Trabajo, Marath Bolaños, de defender en todos los foros en los que ha participado que la reforma sí logra garantizar más tiempo libre para las personas, aunque no se haya tocado la fórmula de seis días de trabajo por uno de descanso en la legislación.
Desde diciembre que se conocieron los detalles de la iniciativa presidencial comenzó la polémica, en gran parte porque la expectativa generada en torno a la jornada laboral de las 40 horas era precisamente que los trabajadores tendrían garantizados dos días de descanso a la semana, ya que así estaba plasmado en el proyecto que quedó congelado en la Cámara de Diputados en 2023.
El texto presentado por la presidenta Claudia Sheinbaum no lo consideró así, sólo establece que la jornada laboral ordinaria será de un máximo de 40 horas a la semana y regula el pago de las horas de trabajo adicionales a ese límite.
Para argumentar el porqué de esta decisión, Marath Bolaños presentó ante la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados este lunes una lista de 14 países que han reducido su jornada laboral en horas semanales, sin ampliar necesariamente el número de días de descanso a los que tienen derecho las personas, entre ellos los recientes casos de las reformas realizadas en Chile y Colombia.
De manera que, según su explicación, esta decisión “está en apego a las buenas prácticas internacionales”, y responde a una ecuación sencilla: si de manera tradicional las personas trabajan ocho horas diarias, eso traerá naturalmente una jornada semanal de cinco días laborales y dos de descanso.
El gran detalle viene en la legislación secundaria, porque precisamente en la propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) del gobierno –que se discutirá una vez que la reforma constitucional de las 40 horas concluya todo el proceso de aprobación– hay un cambio que puede hacer toda la diferencia.
En el texto que modifica el artículo 61 de la LFT y que establece la duración de las diferentes jornadas de trabajo en México, se especifica que ese formato “tradicional” que menciona el secretario puede ser de “hasta” ocho horas, y la realidad es que en esa preposición caben muchas combinaciones.
Y más cuando un poco antes, en la propuesta para el artículo 58, se aclara que la jornada laboral “podrá ser distribuida de común acuerdo por las personas empleadoras y trabajadoras”.
De esta manera, lo que hace realmente la reforma es reducir el tiempo de trabajo ordinario y regular cómo se pagan las horas adicionales, en un formato máximo de 12 horas extraordinarias y de 4 “extra-extraordinarias”. Con este modelo, con su justo pago, quedarían autorizadas en la práctica jornadas semanales de hasta 56 horas.
Lo que no hace la reforma es garantizar que las personas tendrán un día de descanso adicional; sí más horas libres.
En gran parte, esto responde a la “flexibilidad” que pedía la iniciativa privada en torno a la aplicación de la nueva jornada laboral, una concesión para poder construir una “reforma que es resultado del diálogo nacional” en medio de una expectativa social que empujaba en otra dirección.
El gran detalle —y la historia de casi 55 años de aplicación de la LFT lo demuestra— es que gran parte de las empresas se gestionan dentro de una cultura de los mínimos, por lo que, si se establece de origen que la semana laboral es 6x1, difícilmente quienes están en ese formato hoy podrán gozar de un día adicional completo de descanso.
¿Les suena una jornada de siete horas durante cinco días y una de “medio tiempo” de cinco horas el sexto día? En el “hasta” todos los formatos son posibles mientras sumen 40 horas. Claro, si no se quieren pagar horas extra.
La reforma cambia el techo de horas, no la lógica del descanso… Y esa diferencia no es menor.