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Calendario oficial: Así reducirá México la jornada laboral
Aunque aún está pendiente la aprobación de la reforma a la LFT, el decreto constitucional para reducir la jornada laboral a 40 horas ya tiene el calendario oficial aprobado de reducción gradual hacia 2030.
La reducción de la jornada laboral no implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
El calendario oficial de la reducción gradual de jornada laboral ya está listo, luego de la promulgación de la reforma constitucional para implementar las 40 horas en México, eso significa que las empresas necesitan implementar ajustes en sus operaciones.
Tras la publicación del dictamen en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la reforma a las fracciones IV y XI del apartado A del artículo 123 de la Constitución ya señala el ajuste general gradual de la jornada, misma que disminuirá en dos horas por año.
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Aunque aún está pendiente la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual detallará aún más la implementación de la jornada laboral de 40 horas, la modificación constitucional actual ya cuenta con fechas oficiales.
Este es el calendario oficial que seguirá México hacia la semana de 40 horas:
- 2026 se mantienen 48 horas
- 2027 reduce a 46 horas
- 2028 reduce a 44 horas
- 2029 reduce a 42 horas
- 2030 reduce a 40 horas
De acuerdo con los cambios realizados a la Constitución, a partir del 2027 cada 1 de enero se reducirán dos horas anuales.
Un tema relevante que ya había aclarado la autoridad, pero la reforma constitucional dejó sin margen de dudas es que la reducción del tiempo de trabajo en ningún caso implica la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
Reforma de jornada laboral fija límite a tiempo extraordinario
La reforma a la fracción IV del artículo 123 constitucional señala explícitamente que la jornada laboral será de 40 horas semanales, que se distribuirán en los términos que establezca la ley, pero a diferencia de las exigencias del sector trabajador, se conserva un solo día de descanso por cada seis de trabajo.
La reforma a la fracción XI expone que en caso de circunstancias extraordinarias que ameriten extender la jornada laboral, estas no podrán ampliarse más de 12 horas semanales e implicarán un pago del 100% de lo fijado en las horas ordinarias, es decir, un salario doble.
La Carta Magna detalla que las horas extra podrán distribuirse en hasta tres horas diarias en un máximo cuatro días. De hecho, expone que cuando se exceda de las 12 horas fijadas como extraordinarias, aplicará el pago de un 200%, que comúnmente se conocen como horas triples, estas tendrán un tope de cuatro horas por semana.
Aunque esta regulación no lo expone de forma tácita, se entiende entonces que quienes empleen personal por más de 16 horas adicionales serían sancionados por la Ley de Trata de Personas, la cual refiere que las jornadas de trabajo por encima de lo estipulado en la norma configuran el delito de explotación laboral, la cual tiene sanciones de tres a cinco años de prisión y de 5,000 a 50,000 días multa.
Adicionalmente, como parte de los nuevos límites respecto a la regulación del tiempo extraordinario, se fija la prohibición de que personas menores de 18 años laboren horas extras.
La reforma constitucional en materia de jornada laboral ya entró en vigor. No obstante, ahora el Congreso tiene un plazo menor a 90 días para reformar la LFT, la cual establecerá las reglas del cambio que se plantea. Las modificaciones a la legislación secundaria podrían entrar en vigor el 1 de mayo de 2026, para que el 1 de enero de 2027 arranque la gradualidad.