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Tecnología

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INEGI publica acuerdo relacionado con TIC

El INEGI aprobó la inclusión de un conjunto de indicadores clave en materia de la Sociedad de la Información al Catálogo Nacional de Indicadores.

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El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) publicó en el Diario Oficial de la Federación dos acuerdos relacionados con información estadística de interés nacional, los cuales entrarán en vigor a partir de mañana, jueves.

Uno de los acuerdos es que el INEGI aprueba la inclusión de un conjunto de indicadores clave en materia de la Sociedad de la Información al Catálogo Nacional de Indicadores.

Detalla que dichos indicadores son: porcentaje de hogares con Internet; porcentaje de exportaciones de bienes de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y porcentaje de importaciones de bienes de Tecnologías de la Información y Comunicación.

Eduardo Sojo Garza Aldape, presidente del INEGI, dijo en entrevista para El Economista en diciembre del 2013 que los indicadores correspondientes a Estrategia Digital Nacional saldrían a principios de febrero para poner a disposición de la Sociedad el Catálogo Nacional de Indicadores de agua, bosques, educación, ciencia y tecnología y algunos ellos también van a ser relacionados con tecnologías de la información.

El acuerdo publicado este miércoles establece que será el INEGI quien genere en forma regular y periódica los indicadores, según los términos que determine su Comité Técnico Especializado de la Sociedad de la Información.

INVENTARIO NACIONAL FORESTAL

El INEGI determinó como información de interés nacional el Inventario Nacional Forestal, en virtud de que cumple con los criterios establecidos en el artículo 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Dentro de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el INEGI subraya que el acuerdo fue aprobado por los miembros presentes de Tercera Sesión de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el pasado 14 de mayo.

Indica que en términos de lo establecido en el artículo 6 de dicha ley será oficial y de uso obligatorio para la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios la información que se genera con el Inventario Nacional Forestal y de Suelos.

Refiere que corresponderá a la Comisión Nacional Forestal, a través de la Gerencia de Inventario Forestal y Geomática, generar en forma regular y periódica la información y ponerla a disposición de los usuarios a través de la página de Internet.

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