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Banorte evaluará impugnar sanción impuesta por la CNA tras operación con Rappi
Banorte dio a conocer este lunes que está en desacuerdo con la sanción que le impuso la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) por 19.9 millones de pesos, por supuestamente haber realizado una concentración con Rappi sin la autorización de este organismo.

Banorte dio a conocer este lunes que está en desacuerdo con la sanción que le impuso la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) por 19.9 millones de pesos, por supuestamente haber realizado una concentración con Rappi sin la autorización de este organismo.
En un evento relevante enviado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), detalló que independientemente de que la sanción, incluyendo el potencial pago de ésta, no es material ni representa un impacto significativo operativo o financiero para Banorte, evaluará los medios de defensa procedentes para impugnar la legalidad y constitucionalidad de la sanción.
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El domingo, la CNA informó que sancionó a Tecnologías Rappi (Rappi) y a Banorte, con una multa total de 19.9 millones de pesos, por haberse concentrado sin la autorización de esta autoridad antimonopolio.
En su comunicado, detalló que el 20 de julio, las empresas sancionadas celebraron una operación mediante la cual Banorte adquirió la facultad de intervenir en las decisiones del negocio de tarjetas de crédito de Rappi, sin que esta operación fuera previamente autorizada.
Cabe recordar que en el 2020 Banorte y Rappi establecieron una alianza para que el banco participara en las tarjetas conocidas como RappiCard (Tarjetas del Futuro). A finales del 2025, se dio a conocer que la institución financiera adquirió en su totalidad este negocio.
Información se dio a conocer a la extinta Cofece
En su comunicado enviado a la BMV, Banorte destacó que está en total desacuerdo con la sanción, y continúa evaluando con sus asesores los términos y argumentos de ésta.
Al mismo tiempo, explicó que el financiamiento, incluyendo el paquete de garantías de éste, fue revelado a la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en el marco de una concentración entre Banorte y Tarjetas del Futuro (RappiCard), misma que fue revisada y autorizada en el 2021.
Agregó que en el marco de esa autorización inicial, la entonces Cofece no cuestionó aspecto alguno relacionado con el financiamiento o el paquete de garantías de éste.
Sanción no se aplicaría hasta que acabe el procedimiento
Banorte expuso que, de conformidad con el artículo 28 de la Constitución, la sanción no será ejecutable hasta en tanto concluya el procedimiento correspondiente, el cual, por lo general, se resuelve en un plazo de entre 18 y 24 meses a partir de la presentación de la demanda de amparo correspondiente.


