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Condusef recuerda límites a empresas de cobro
La dependencia informó que todo usuario que se vea acosado o amenazado por las empresas de cobro podrán denunciarlas ante ese organismo, toda vez que éstas no pueden engañar al deudor.
Todo usuario que sea acosado o amenazado por cualquier empresa de cobranza puede levantar su denuncia ante la Condusef, ya que ello significa una violación al 'Código de Etica para llevar a cabo prácticas de cobranza respetuosa'.
La Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras (Condusef) detalló que el usuario afectado puede acudir a cualquiera de sus oficinas centrales o delegaciones, o por medio electrónico a través de su portal en Internet.
Recordó que los despachos de cobranza no pueden engañar al deudor asegurándole que si no salda su deuda será privado de su libertad, sujeto de demanda o notificaciones judiciales, o incluso que se ha iniciado un juicio en su contra, si dichos señalamientos no son ciertos.
Tener deudas que no se han liquidado no significa que las empresas de cobranza estén autorizadas a hacer cualquier cosa para que el deudor pague, por lo que pueden ser denunciadas si utilizan malas prácticas de cobro, insistió.
Además, las empresas de cobranza no deben establecer contacto con los deudores en horarios y lugares que resulten inadecuados para el cobro y sólo a partir de las 6:00 de la mañana y hasta las 11.00 de la noche.
Estas empresas no deben enviar correspondencia a los deudores con leyendas exteriores que mencionen que el comunicado trata específicamente de una cobranza, aunque esto no obliga a las empresas a omitir mencionar su nombre o razón social.
Las empresas de cobranza deberán estipular en los convenios de pago que celebren con los deudores, los compromisos adquiridos en la negociación que se acuerde, señalando los términos y condiciones en que se llevarán a cabo los pagos, obligándose a proporcionar escrito de finiquito o de liquidación de adeudo, en caso de condonación o quita, al cumplirse la obligación, anotó.
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