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Política

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SCJN desestima declarar inconstitucional la Ley electoral en materia de juzgadores del PJF

Votaron a favor del proyecto analizado bajo la ponencia de Jorge Pardo, él, Norma Piña, presidenta de la Corte, Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González, Javier Laynez y Alberto Pérez Dayán, mientras que Jazmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres lo hicieron en contra del proyecto.

Foto EE:Archivo / Rosario SErvin

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó las demandas de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimento Ciudadano (MC) de declarar la invalidez de ocho artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación.

Al no alcanzarse la votación mínima de ocho votos que establece la Constitución, los artículos 45, numeral 1, incisos e y p; 471, numeral 6; 473, numeral 1, párrafo 1, y numeral 2; 474, numeral 1, inciso c; 474 Bis, numerales 5 y 8; 475, numeral 1; 476, numerales 1 y 2, incisos d y f, y 522 numeral 1 del decreto impugnado mantienen su vigencia.

El primer artículo referido establece, entre otras, las siguientes atribuciones del presidente del Consejo General: Proponer al Consejo el nombramiento del secretario ejecutivo (inciso e) y designar a los directores ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del Instituto (inciso p).

Votaron a favor del proyecto analizado bajo la ponencia de Jorge Pardo, él, Norma Piña, presidenta de la Corte, Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González, Javier Laynez y Alberto Pérez Dayán, mientras que Jazmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres lo hicieron en contra del proyecto.

Llegado el momento de resolver sobre la invalidez del artículo 522, numeral 1, propuesta por Pardo, que establece que los candidatos "podrán erogar recursos con la finalidad de cubrir gastos personales, viáticos y traslados dentro del ámbito territorial que corresponda a su candidatura dentro de los periodos de campaña respectivos", Laynez lanzó una pregunta al pleno.

Quiso saber si las tres ministras en funciones que contenderán en los comicios del próximo 1 de junio por mantenerse en el cargo, en referencia a Esquivel, Ortiz y Batres, estarían impedidas a votar sobre una disposición que les beneficiaría, pero su planteamiento no tuvo eco.

"Yo no prejuzgo, si están impedidas", afirmó Piña y aclaró que el tema del impedimento de debate al arranque de la discusión del asunto, lo que no sucedió.

Las ministras aludidas expusieron sus razones por las que consideran que no estaban impedidas para votar el asunto a discusión.

Los ocho artículos referidos mantendrán su vigencia.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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