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Indagarán de nuevo si se ejerció tortura contra Mario Aburto
La investigación del magnicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta, candidato del PRI a la Presidencia de la República en 1994, dio un giro 32 años después al abrirse la posibilidad de reponer el proceso penal a fin de investigar presuntos actos de tortura contra Mario Aburto Martínez, asesino confeso del malogrado político.

La investigación del magnicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta, candidato del PRI a la Presidencia de la República en 1994, dio un giro 32 años después al abrirse la posibilidad de reponer el proceso penal a fin de investigar presuntos actos de tortura contra Mario Aburto Martínez, asesino confeso del malogrado político.
“Se decreta la protección constitucional solicitada. Se identificó una violación a las normas que rigen el procedimiento dentro del juicio de amparo porque no fueron emplazados los terceros interesados. Al haberse resuelto bajo estas condiciones, lo que se propone es revocar la sentencia recurrida y ordenar la reposición del procedimiento para que el juzgado de Distrito deje insubsistente la audiencia constitucional, reconozca el carácter de las terceras interesadas, es decir, a las personas que tienen el carácter de indiciadas en la averiguación previa de origen, las emplace para que estén en posibilidades de alegar lo que a su derecho convenga y dé continuidad a la tramitación del juicio de amparo”, afirmó la magistrada Nelly Montealegre Díaz.
Por unanimidad, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, que preside el magistrado Jorge Vázquez Aguilera e integra junto con Alberto Torres Villanueva y Montealegre Díaz, determinó otorgar la protección de la justicia federal a Aburto Martínez y ordenó la reposición del proceso por posible tortura en su contra.
La resolución revocó la sentencia de junio de 2025 que negó el amparo a Aburto Martínez contra la decisión de la Fiscalía General de la República (FGR) de no ejercer acción penal por tortura durante y después de su detención el 23 de marzo de 1994 en la colonia Lomas Taurinas, de Tijuana, Baja California, instantes después del asesinato de Colosio Murrieta.
La titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal, Paloma Xiomara González, resolvió entonces no conceder el amparo bajo el argumento de que los señalamientos de la víctima eran novedosos, lo que significa que no los incluyó en etapas previas del proceso y por ello resultaban improcedentes.
Desde la óptica de los tres magistrados del Octavo Tribunal Colegiado, hubo irregularidades en el proceso penal porque las personas señaladas como posibles responsables no fueron notificadas, quienes debieron participar en el juicio de amparo.

