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Aplaza SCJN cumplir sentencia de Corte Interamericana
Las 11 mujeres víctimas de tortura y abuso sexual por parte de policías del Estado de México fueron detenidas en Texcoco y San Salvador Atenco, en mayo de 2006.

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad que será hasta que concluyan las investigaciones relacionadas con la sentencia dictada en 2018 por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en el caso “Mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco vs México”, cuando se determine si el Poder Judicial de la Federación (PJF) tiene que cumplir alguna obligación al respecto.
Al resolver el expediente 2/2023 sobre recepción de sentencias de tribunales internacionales, promovido por Héctor Galindo Gochicoa y otros, respecto de la participación del PJF en la ejecución del citado fallo, Alberto Pérez Dayán explicó que “de las obligaciones concretas que debe realizar” el PJF “se identifica que no hay una sola específica y expresa en esta sentencia que exija la intervención inmediata del Poder Judicial”.
“Y reitero ‘inmediata’, ello en razón de que la condena establecida en el noveno resolutivo de la sentencia internacional surge de la obligación no cumplida del Estado mexicano de respetar y garantizar los derechos a las garantías judiciales y la protección judicial de once mujeres víctimas debido a que no se han hecho las diligencias respectivas en las investigaciones por la tortura y la violencia sexual sufrida por aquellas”, detalló.
El eventual juzgamiento y sanción de los responsables constituye un deber condicionado al cumplimiento de un deber preliminar, amplió; “la obligación de juzgar a cargo del Poder Judicial está supeditada al resultado de tales investigaciones”.
De ahí, dijo, que “no es posible advertir en este momento que se requiera tal actuación de forma inmediata por parte del Poder Judicial de la Federación”.
“En este sentido, una vez que las autoridades competentes lleven a cabo las medidas y diligencias tendientes a la investigación de los hechos destacados por la Corte Interamericana en su fallo, podrá determinarse con precisión si tales hechos, en principio, corresponden, en su caso, al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación’’, concluyó.
Las 11 mujeres víctimas de tortura y abuso sexual por parte de policías del Estado de México fueron detenidas en Texcoco y San Salvador Atenco, en mayo de 2006.