Lectura 3:00 min
SCJN otorga amparo a preso desde 1992
Alfonso Martín del Campo fue liberado pues se comprobó la existencia de tortura al momento de obtener su confesión.

Luego de pasar 23 años en prisión, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo liso y llano a Alfonso Martín del Campo Dodd, quien había sido condenado a 50 años en prisión por el asesinato de su hermana Juana Patricia Martín del Campo Dodd y su cuñado Gerardo Zamudio Aldaba; pues se comprobó la existencia de tortura al momento de obtener su confesión.
Este caso atrajo la atención de Amnistía Internacional, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, quienes coincidían que el Estado mexicano debe de garantizar la inadmisibilidad de toda evidencia obtenida mediante tortura u otras formas de maltrato. Asimismo, que toda alegación de tortura debe ser objeto de una investigación exhaustiva, inmediata, independiente e imparcial.
Al ser un amparo liso y llano, Alfonso Martín del Campo Dodd obtuvo libertad inmediata y este miércoles salió Centro de Reinserción Social de Pachuca.
Los ministros de la Primera Sala tomaron a consideración la resolución en el procedimiento administrativo de responsabilidad que determinó que un agente de policía era responsable por la detención arbitraria, incomunicación y tortura de Martín del Campo Dodd.
Asimismo, tomaron en cuenta el dictamen médico psicológico e informes, tanto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como de la Comisión de Derechos Humanos del DF.
Es la primera vez que el máximo tribunal dicta una sentencia en este sentido en el que se actualizó el supuesto previsto en el artículo 641 del Código de Procedimientos Penales del DF, que establece que el reconocimiento de la inocencia del sentenciado procede en los siguientes casos: (...) VI.- Cuando la sentencia se base de manera fundamental en una confesión obtenida mediante tortura .
Al término del resolutivo, Tamara, amiga de las hijas del matrimonio asesinado, María Fernanda, Brenda y Tamara Zamudio Martín del Campo, reclamó con pancarta en mano el fallo y aseguró que se trataba de un caso de injusticia.
Samuel González Ruiz, especialista en materia de seguridad y asesor de la activista Isabel Miranda de Wallace aseguró que no existió tortura. Aquí están las fotos, (...)tomadas el mismo día de los hechos que consta en el expediente, (...) claramente que el señor no fue torturado. La Corte omitió una gran cantidad de pruebas que constan en el expediente , dijo.
La madrugada del 30 mayo de 1992, Juana y Gerardo fueron asesinados en su domicilio ubicado en la colonia Del Valle, ciudad de México. Ese mismo día el Ministerio Público detuvo a Martín del Campo Dodd y recabó su declaración ministerial, en la que éste admitió haber cometido el crimen. En su declaración preparatoria, el acusado afirmó haber sido torturado, sin embargo, el juez de la causa penal dictó sentencia condenatoria.