Lectura 8:00 min
Caso Elba, hueso duro para la ley de lavado
Legisladores que trabajaron en la elaboración de dicha ley consideran que en este caso aplica la malversación y enriquecimiento ilícito.

El delito de lavado de dinero podría tambalearse en el caso de la exlideresa del magisterio, Elba Esther Gordillo, ya que la ley antilavado persigue los recursos de procedencia ilícita y, en el caso de los 2,600 millones de pesos que utilizó La Maestra, están plenamente identificado que provenían del sindicato magisterial, por lo que, en ese caso, aplicarían sólo los delitos de malversación de fondos, desvío de recursos públicos o enriquecimiento ilícito, explicaron exsenadores y abogados.
Se retiraron recursos de manera indebida del sindicato. Esos recursos fueron pasados a una cuenta y colocados en otra; hasta ahí, el único delito que se configuraría sería malversación de fondos, pero, si no se determina que ese dinero tuvo un origen ilícito, no puede entrar en el delito operaciones con recursos de procedencia ilícita , explicó el académico de la UNAM, Salvador Mejía, quien consideró que los funcionarios de la PGR y de la Secretaría de Hacienda están empezando a conocer la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Por ello, dijo, ahora el MP deberá demostrar al Juez (que lleva el caso) que los recursos utilizados para realizar ciertas operaciones (compra de propiedades en Estados Unidos, compras en la tienda Neiman Marcus) tienen un origen ilícito, como un posible fraude .
Explicó que el Juez deberá demostrar la concatenación de los delitos de uso ilegal de recursos públicos con el de lavado.
El abogado se dijo extrañado de que la PGR no la haya acusado por un delito raíz como desvío de recursos, enriquecimiento ilícito o malversación de fondos.
Por ejemplo, en el caso de Raúl Salinas (de Gortari), le fueron soltando delito tras delito, o a Mario Villanueva lo absolvieron por un delito, y saliendo del reclusorio lo detuvieron por otro que ahí le notificaron. A mí me sorprende, porque la estrategia jurídica debió ser irnos por un delito originario y luego irnos, una vez acreditado, el de lavado de dinero .
Salvador Mejía concluyó: La autoridad mexicana, tanto la PGR como Hacienda, no está capacitada para el tema de lavado, le hace falta expertos, y no conoce el tipo penal .
El exsenador René Arce dijo que la ley antilavado de dinero que aprobó el Congreso el año pasado tiene el objetivo de identificar la procedencia de los recursos por los que se financia al crimen organizado y el narcotráfico. Pero en el caso de Elba Esther Gordillo, dijo, sí se sabe de dónde provienen: el SNTE.
Si la defensa (de Gordillo) prueba que el dinero entró por vía legal al sindicato, obviamente, el origen no es ilícito. El origen es lícito en cuanto que es parte de una serie de prestaciones o de prebendas que tiene el Sindicato de la SEP y, en este caso, el gobierno. La procedencia ilícita operaría, en todo caso, en otro tipo de delitos como malversación, el enriquecimiento ilícito, que son otras figuras, distintas a la procedencia ilícita , mencionó.
Por su parte, el exsenador panista Felipe González, quien participó en la aprobación de la ley antilavado, consideró complicado que encuadre en lo que es la ley de lavado de dinero. Si se analiza, en la ley antilavado se contempla cuando alguien utiliza una fachada, un negocio, para agarrar dinero de origen ilícito, reciclarlo, y utilizarlo para actividades de la delincuencia organizada. Y de lo que están hablando con La Maestra es una salida de dinero del sindicato que se gastó .
El exsenador René Arce precisó: Más bien habría un enriquecimiento inexplicable porque ese dinero no debería estar en cuentas particulares porque son recursos que van a una organización sindical, pero eso lo tendrá que probar la defensa (de Gordillo) .
Aunque LA PGR no lo denomina como lavado de dinero, sino como operaciones con recursos de procedencia ilícita, Elba Esther es acusada como tal por la triangulación de dinero a través de cuentas en diversos países, transacción que no comprueba el origen lícito del dinero, en este caso, procedente del SNTE.
El término lavado de dinero se convirtió en operación con recursos de procedencia ilícita cuando México adoptó la Convención de Viena de 1988 y reformó en 1990 el uso jurídico.
En el caso de Elba Esther Gordillo existen conductas unidas entre sí como transferir recursos obtenidos del SNTE, explicaron fuentes de la PGR.
La acusación de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda asumió dicho criterio, que fue compartido por la Procuraduría General de la República (PGR); de acuerdo con ello, configuraron operaciones con recursos de procedencia ilícita, como prevé y sanciona el artículo 400 bis del Código Penal Federal (CPF).
Cuando México suscribió la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, conocida como Convención de Viena de 1988, contemplaron su adherencia para tipificar diferente el delito del lavado de dinero.
Según la PGR, México adoptó la citada convención y entró en vigor en 1990, lo que motivó que en ese mismo año tipificara en el Código Fiscal de la Federación un delito innominado, comúnmente conocido como lavado de dinero , vigente así hasta el 13 de mayo de 1996, al día siguiente entró en vigor en el CPF, el término operaciones con recursos de procedencia ilícita, por lo cual ya no le llaman lavado de dinero, detallaron funcionarios de la PGR.
El artículo 400 bis detalla que el delito es grave y perseguible de oficio pero cuando en su comisión se utiliza los servicios del sistema financiero, se requiere de la Secretaría de Hacienda para proceder penalmente.
De acuerdo con la PGR, se entiende lavado de dinero como: convertir los recursos ilícitos en lícitos dificultando el rastreo, y aparentada la legitimidad de los recursos lavados éstos son incorporados, abiertamente a economías legítimas.
Aprobada en el 2012
LOS ALCANCES DE LA LEY ANTILAVADO
La ley antilavado de dinero nació en el 2010 y fue aprobada dos años después con dedicatoria para las bandas del crimen organizado y el narcotráfico.
Su objetivo es indagar las redes de financiamiento de criminales, negocios entre particulares y poner un control al flujo de dinero en efectivo para detectar transacciones en las blanquean su dinero, como compra de obras de arte, juegos y sorteos o compra de propiedades.
El dictamen que nosotros aprobamos es fundamentalmente por aquellos recursos que no se comprueban de dónde vienen, que pueden venir del crimen organizado o de una serie de acciones fraudulentas que no se pueden comprobar, entonces, ahí es cuando el recurso puede ser de origen ilícito , relata el exsenador René Arce, quien explicó que comete delito de lavado de dinero quien usa recursos de los que no se conoce su procedencia, y los aplica para fines delictivos.
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita menciona que es obligación de la PGR y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento .
Con ello se ordena a bancos, fedatarios, corredores y notarios a reportar a la autoridad actividades sospechosas como adquisición de propiedades, joyas, obras de arte, entre otros, para que los oficiales de la Secretaría de Hacienda realicen visitas de verificación en bancos, casas de cambio, inmobiliarias, hipotecarias, joyerías, constructoras, distribuidoras automotrices y casas de juegos para solicitar información sobre su operación e identificar a los propietarios.
Sólo cuando tengan bases sólidas de sus sospechas y haya integrado un expediente sólido, la Unidad Especializada en Análisis Financiero en Contra de la Delincuencia Organizada de la PGR deberá informar al Ministerio Público de la Federación de cualquier acto u operación que pudiera dar lugar a la existencia del delito del fuero federal por blanqueo de dinero.
