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Morena propone nuevas restricciones a publicidad

Diana N. Ronquillo | Pendiente Resbaladiza
El diputado Juan Carlos Varela, de Morena, presentó el 25 de marzo pasado, una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el propósito de “erradicar prácticas comerciales abusivas basadas en presión emocional y urgencia artificial”. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados, en donde se encuentra pendiente de dictamen. De manera concreta, la iniciativa propone que se adicione un artículo 10 Ter, para prohibir a todos los proveedores de bienes y servicios las prácticas de venta “que impliquen coerción psicológica, manipulación emocional, presión indebida o inducción artificial de urgencia o escasez, cuando dichas conductas tengan por objeto afectar la libertad de decisión del consumidor o viciar su consentimiento”.
De aprobarse la iniciativa en sus términos, quedaría prohibida la utilización de expresiones, mensajes, mecanismos visuales, auditivos o tecnológicos que simulen ofertas irrepetibles, disponibilidad limitada o plazos perentorios, cuando tales condiciones no sean reales, objetivas o verificables. También quedaría prohibido el empleo de contadores regresivos, alertas de tiempo, notificaciones insistentes o advertencias destinadas a generar ansiedad, miedo o presión emocional indebida al consumidor. La prohibición se extendería además a la inducción a la contratación mediante mensajes basados en temor, culpa, amenaza implícita, pérdida inminente de derechos o beneficios, cuando no exista un riesgo real, comprobable y proporcional. Tampoco se podrá recurrir a la simulación de exclusividad, trato preferencial, recomendación especializada o aprobación automática sin sustento objetivo o documental, ni podrán realizarse ventas o contrataciones aprovechándose de la vulnerabilidad emocional, sin otorgar al consumidor un periodo razonable de reflexión.
En la exposición de motivos, el diputado señala como ejemplos de las prácticas a erradicar, los mensajes publicitarios como “última oportunidad”, “sólo por hoy”, “quedan pocos lugares” o “si no contratas ahora perderás tu beneficio”, y expone que se busca proteger a grupos vulnerables como “personas endeudadas o individuos que atraviesan por situaciones emocionalmente sensibles”.
A pesar de que la iniciativa hace referencia a algunos ejemplos de regulación similar en Derecho Comparado, la adopción de estas figuras para México tiene fallas que pueden traer un impacto significativo en perjuicio de los proveedores, y específicamente, de la industria de la publicidad.
En primer lugar, la propia redacción del cambio legal, tiene un alcance tan amplio y ambiguo, que sin duda redefine los límites entre los derechos de los consumidores y la libertad de comercio. Son tantas las prácticas de venta prohibidas, y su redacción es tan genérica que el principal efecto es la falta de certeza jurídica. ¿Cómo se puede diseñar una estrategia publicitaria sin “notificaciones insistentes”? ¿Cómo saber si la publicidad llegará a potenciales consumidores con un trastorno de ansiedad? ¿Cómo se pueden ofrecer promociones sujetas a existencias, sin anunciar la disponibilidad limitada? ¿Cómo distinguir una marca, sin resaltar su exclusividad u ofrecer un trato preferencial al consumidor? ¿Cuál sería una venta aprovechándose de la vulnerabilidad emocional del cliente? ¿Cómo saber si el cliente es vulnerable porque está endeudado, o si ejerce un consumo responsable? ¿Cuál es un periodo razonable de reflexión para completar la venta?
Es cierto que hay prácticas de comercio abusivas, pero su regulación debe hacerse de manera que prevalezca la certeza jurídica. La mercadotecnia se encuentra íntimamente relacionada con la psicología humana, y la prohibición genérica de cualquier práctica publicitaria que implique presión emocional o manipulación psicológica sería excesiva. Además, los precedentes internacionales que retomó el diputado Varela se referían principalmente a prácticas publicitarias en el comercio electrónico, considerando que la interfaz tecnológica podía inducir a ventas no deseadas, pero la reforma propuesta en México se aplicaría por igual a publicidad en televisión, radio, impresa, digital y hasta en puntos de venta.
Quizá en un Estado con contrapesos políticos, podríamos esperar que el Poder Judicial establezca límites de manera gradual, al interpretar la ley. En México, nuestros jueces de acordeón no saben definir el derecho a la propiedad; menos aún podrán hacer un test de proporcionalidad.

