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Libertad creativa
Los artistas Pepe Romero y Javier Ocampo han abierto un debate que estaba pendiente en el país, el de la libertad creativa establecida en el artículo cuarto de nuestra Constitución. Como asesor parlamentario, fui parte del equipo redactor de ese artículo en 2009. Desde entonces he visto diversos casos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación relacionados con la libertad de expresión, donde este órgano de constitucionalidad ha establecido ya un criterio respecto al límite que este debe tener. Lo hizo al interpretar el artículo 6º que a la letra dice:
“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público…”. Es decir, este artículo tiene un límite, no así la libertad creativa, establecida igualmente en el artículo 4º que dice:
“Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural”.
Respecto a esto último, en la Ley General de Cultura y Derechos Culturales (en cuya elaboración también participé), establecimos en el artículo 7º, los principios de la política cultural que el Estado mexicano deberá atender a través de sus órdenes de gobierno. El primero de ellos es justamente “el respeto a la libertad creativa y a las manifestaciones culturales”.
En los últimos años se han inaugurado diversas exposiciones artísticas, manifestaciones culturales e instalaciones de esculturas que han confrontado a creadores, a la comunidad cultural y a la sociedad en general. Indignación, incomprensión y sobre todo, discusión mediática es lo que más han generado. Sin embargo, creo que vamos avanzando en la progresividad del derecho de la cultura.
En lo personal, esta suerte de acoso prehispánico o frotismo ancestral que llevan a cabo Pepe Romero y Javier Ocampo, no es de mi agrado. Veo en la saliva, por ejemplo, un ingenioso ardid para intentar alentar un discurso insostenible. Al mismo tiempo, la incapacidad generacional para entender lo normativo. Paradójico, pues es parte de lo que denuncian ambos en su discurso. Ahora bien, la libertad creativa no es un valor estético o algo que sirva para que me guste su trabajo, sino un precepto jurídico que promueve la diversidad de las manifestaciones artísticas y culturales.
Entiendo el eje central de estos actos performativos. Lo furtivo, por ejemplo en el caso de Pepe Romero, que hace parecer como si hubiese sido permitido. Hay manifestaciones artísticas que sostienen su propuesta en la furtividad del acto, esta es una de ellas.
Imaginen a Banksy tramitando permisos municipales para plasmar sus obras en las calles. El arte urbano, en particular el mural-grafiti, incluso este tipo de manifestaciones de las que estamos hablando, no es por convocatoria. Mucho menos deben estar supeditados a calificaciones o criterios gubernamentales. Las ratas pintadas por Banksy en el metro de Londres fueron borradas por las autoridades del mismo, quienes inmediatamente anunciaron que pondrían a su disposición otros espacios. Evidentemente, el artista no atendió el llamado. Es en la furtividad donde reside parte de su trabajo.
Tampoco nos vamos a poner exquisitos y preguntar a estos dos performanceros si saben que el Estado mexicano acaba de firmar la Convención del Consejo de Europa sobre Delitos Relacionados con Bienes Culturales, así como la Convención Unidroit (elementos centrales de su propuesta artística).
El acto performativo de Pepe Romero no generó daños, por tanto no configura delito alguno, además de que le ampara el principio de la libertad creativa. Podemos criticar la ostentación artística, su fetichismo procedimental, los decepcionantes juegos del arte contemporáneo, la frivolidad de las nuevas corrientes, incluso la institución museística, pero no intentar cancelar lo que no entendemos, o peor, lo que no nos gusta. La libertad de expresión debe servirnos para defender todo aquello con lo que no estamos de acuerdo, de la misma manera que la libertad creativa, para intentar ser más tolerantes.