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Autoridades exigen más información a casas de bolsa y bancos

La CNBV emitirá nuevas disposiciones para requerir mayor información a las casas de Bolsa y a las instituciones financieras respecto de los clientes a los que les ofrecen productos y servicios de inversión.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitirá nuevas disposiciones para requerir mayor información a las casas de Bolsa y a las instituciones financieras respecto de los clientes a los que les ofrecen productos y servicios de inversión.

En las disposiciones que se someterán a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) se establece que estos intermediarios deben contar con una base de datos que integre a la totalidad de sus clientes, ya que ello permitirá a la autoridad identificar el tratamiento que se otorga a cada uno de ellos.

También deberán reportar a la CNBV información periódica respecto a éstos, con el fin de que la autoridad pueda ejercer sus facultades de inspección y vigilancia en protección del mercado de valores y del público inversionista.

Se requerirán ajustes respecto de las justificaciones que deben elaborar las entidades financieras en la prestación del servicios de asesoría de inversiones; en el servicio de gestión de inversiones tratándose de los consejeros de las propias casas de Bolsa e instituciones de crédito; los medios por los cuales se podrá acreditar la manifestación del conocimiento de los riesgos inherentes a la prestación del servicio de ejecución de operaciones y las comisiones.

Además, se deberán ajustar los conceptos a considerarse en el cálculo de los rendimientos; los estados de cuenta de las casas de bolsa; el análisis de los productos financieros; los reportes de carteras de inversión, y los datos de la persona responsable de proporcionar la información.

La CNBV tiene la facultad de suspender o limitar de manera parcial las actividades de las casas de bolsa cuando éstas realicen operaciones que impliquen conflicto de interés en perjuicio de sus clientes.

La autoridad supervisora puede establecer normas relativas a la diversificación de la cartera de inversión de los clientes; los perfiles de inversión y de los productos financieros; la difusión de información; los valores objeto de promoción o comercialización y los estados de cuenta.

El año pasado la Secretaría de Hacienda emitió nuevas disposiciones para regular la actividad de asesores de inversión. En ellas se obliga a los intermediarios a mejorar el proceso de revelación de información, así como a elaborar un perfil de cada cliente y, a partir de éste, determinar los instrumentos en los que pueden invertir.

Las entidades financieras deberán advertir a los inversionistas sobre los riesgos de contratar servicios no asesorados y tendrán que entregar un informe detallado sobre los precios de las operaciones a realizar, además de una guía de servicios de inversión y los rendimientos de las carteras.

Las reglas incluyen también la obligación de las casas de Bolsa e instituciones de crédito de conocer a sus clientes, así como determinar el perfil del producto objeto de los servicios de inversión; incluso, los intermediarios deberán hacer una evaluación sobre la razonabilidad de las operaciones en los servicios de inversión asesorados.

MÁS TRANSPARENCIA

Las casas de Bolsa y bancos deberán proporcionar a sus clientes más información sobre sus operaciones, con el fin de procurar una mayor transparencia.

También se les obliga a contar con un funcionario o área responsable de verificar el cumplimiento de las disposiciones; les prohíben actuar con conflictos de interés, principalmente.

romina.roman@eleconomista.mx

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