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Limitan publicidad comparativa

A partir de hoy la Profeco podrá sancionar aquellos que utilicen la publicidad comparativa, es decir, exhibir los precios de la competencia y compararlos con los propios, con la intención de influir en las decisiones de compra del consumidor.

Desde este lunes entra en vigor el acuerdo que fija los Lineamientos de información o publicidad comparativa en materia de precios de bienes, productos o servicios , por los que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) puede sancionar a quien incurra en esa práctica.

La información o publicidad comparativa es una práctica comercial que consiste en exhibir los precios de la competencia y compararlos con los propios, con la intención de influir en las decisiones de compra del consumidor.

El acuerdo, explica la Profeco, es una regulación especial de la institución que fue publicada el 19 de octubre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, y que prevé sanciones que van de los 361.30 pesos al millón 220,141.12 pesos.

Los lineamientos fueron diseñados para que los proveedores que comparan precios proporcionen al consumidor información veraz, adecuada y clara, y con ello se fomente la competitividad y la eficiencia del mercado.

Por ello, explica la Profeco, establece reglas sobre vigencia de la información o publicidad comparativa, especificaciones de bienes, productos o servicios que pueden cotejarse mediante comprobantes de compra o fe pública.

El organismo se compromete a realizar monitoreos en medios de comunicación para evitar prácticas en perjuicio de los consumidores, así como aplicar sanciones a quienes incumplan el acuerdo.

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