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Chile tipifica delitos económicos y contra el medio ambiente

El proyecto, que algunos han calificado como de modernización “histórica”, vio la luz este lunes, quedando en condiciones de ser promulgado.

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Johanna Zte P., CONGRESO

Además de los ya vigentes, se incorporan los delitos de la Ley de Mercado de Valores, delitos de la Ley de Sociedades Anónimas, delitos concursales, delitos informáticos, tributarios, entre otros”.

José Pedro Silva, penalista

En enero de 2020, sólo unos meses después del estallido social en Chile, un grupo transversal de diputados ingresó un proyecto que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, modifica distintos cuerpos legales que tipifican delitos contra el orden socioeconómico y adecua las penas aplicables a ellos. La moción fue elaborada por un equipo de destacados abogados y académicos, encabezados por el penalista José Pedro Silva.

El proyecto, que algunos han calificado como de modernización “histórica”, vio la luz este lunes, quedando en condiciones de ser promulgado, momento desde el cual el derecho penal económico contará con un estatuto diferenciado:

Determinación de penas

Hay dos elementos nuevos: la aplicación de atenuantes y agravantes especiales respecto de la criminalidad económica. En particular, si concurren agravantes se restringe la posibilidad de aplicar penas sustitutivas para cumplir la sanción en libertad, incluso en el caso de penas bajo cinco años de presidio. Por ello, en la práctica, ahora es más probable que un alto ejecutivo cumpla una pena efectiva.

Nuevos delitos

La norma también innova con la inclusión del título sobre delitos medioambientales en el Código Penal, que trata los delitos de contaminación, grave daño medioambiental y el delito de “ecocidio”. Además, se crean los delitos de explotación económica de los trabajadores o de secreto. Antes sólo se perseguían delitos de daño medioambiental vinculados a hipótesis restringidas y sectoriales.

Multas

La nueva Ley introduce el sistema alemán de días-multa, que atiende al patrimonio del condenado para efectos de su determinación. Así, quienes tienen mayor patrimonio pagarán multas más altas.

Comiso

Se establece el comiso de ganancias como una cuestión civil que no se considera pena y que puede afectar a terceros enriquecidos de mala fe o a título gratuito. Y se establece el comiso de las ganancias que provienen de un hecho ilícito sin necesidad de que exista condena previa. Así se atacan directamente las ganancias obtenidas por los delitos económicos

Las personas jurídicas

En materia de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas se amplía el catálogo a más de 200 delitos.

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