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El 28 de octubre vence el plazo para que Minera Peñasquito ejecute plan de reparación laboral bajo el T-MEC
Una vez concluido el plazo límite, Washington y México abrirán un periodo de 30 días para evaluar en campo la remediación y definir si procede el cierre del expediente laboral.

El próximo 28 de octubre Minera Peñasquito deberá solventar los compromisos adquiridos, los gobiernos de México y Estados Unidos formalizaron el plan de remediación en el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, tras determinarse la existencia de una denegación de derechos en la mina a cielo abierto ubicada en Zacatecas.
El conflicto tiene como antecedente la queja laboral promovida ante la Oficina Comercial de Estados Unidos por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, encabezado por Napoleón Gómez Urrutia. La organización gremial denunció actos de injerencia patronal, el despido de representantes y trabajadores afines a su dirigencia, así como presiones para favorecer a una representación sindical paralela dentro del complejo minero.
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A estos señalamientos se sumó el impacto de la huelga de más de cuatro meses que paralizó las operaciones en 2023 por diferendos en el pago del reparto de utilidades y la aplicación del contrato colectivo. El paro representó un impacto directo en el balance financiero de Newmont con pérdidas estimadas en cientos de millones de dólares, además de detener la extracción en un yacimiento considerado entre los principales productores de oro, plata, zinc y plomo en el país.
El freno productivo tensó la relación entre el corporativo, el gremio y las autoridades federales, derivando en fricciones sindicales que llevaron a la activación del panel comercial bajo las reglas del tratado trilateral.
En respuesta a la resolución, el pacto bilateral obliga a la compañía a presentar ofertas incondicionales de reinstalación al grupo de mineros cesados que integran la lista confidencial del caso. Quienes decidan reincorporarse a sus puestos deberán recibir la totalidad de los salarios caídos y prestaciones devengadas desde el día de la separación, con el reconocimiento de su antigüedad y los incrementos salariales vigentes en el tabulador contractual. En contraste, quienes declinen el regreso recibirán la liquidación de ley correspondiente.
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En las instalaciones de Mazapil, la empresa enfrenta la exigencia de emitir una carta de neutralidad que garantice la libertad de asociación sin represalias ni intervenciones en asuntos gremiales internos.
A la par de distribuir copias del contrato colectivo y habilitar canales confidenciales para la recepción de quejas, directivos de la firma deberán encabezar reuniones ante el personal operativo para reconocer las prácticas ilegales cometidas en el centro de trabajo.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de manera conjunta con el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, asumirá las capacitaciones presenciales dirigidas a las cuadrillas de trabajadores sobre derechos de sindicación, fiscalizará el pago puntual de las indemnizaciones e impondrá las sanciones económicas que procedan frente a las faltas acreditadas.
Una vez concluido el plazo límite, Washington y México abrirán un periodo de 30 días para evaluar en campo la remediación y definir si procede el cierre del expediente laboral.



