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Hacienda tiene 15 días hábiles para definir en qué sectores el pago será solo digital
Con la Ley de Economía Digital publicada en el DOF, la SHCP debe determinar los sectores y actividades donde los pagos con tarjeta, QR o transferencia podrán ser la única forma de cobro.

Hacienda deberá establecer las condiciones, requisitos y obligaciones para recibir pagos digitales.
El pasado 4 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, con ello arrancó el plazo de 15 días hábiles para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) determine los sectores estratégicos y las actividades relevantes en los que los medios de pago digitales podrán ser la única opción.
El artículo 13 de la ley faculta a la SHCP para definir esos sectores, y el tercer transitorio le fija el plazo de 15 días hábiles tras la entrada en vigor. Una vez que Hacienda publique la lista, las autoridades de cada sector tendrán otros 15 días hábiles para emitir las reglas.
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Esas disposiciones deberán establecer las condiciones, requisitos y obligaciones para recibir pagos digitales como única forma de pago, así como mecanismos y plazos para una transición gradual del efectivo.
Es importante detallar que la ley define como medios de pago digitales y electrónicos los códigos QR, los dispositivos NFC, las tarjetas de débito y crédito y las transferencias de fondos, incluida la domiciliación.
Además, la norma no prohíbe el efectivo de forma general. El artículo 15 establece que cuando se presente una contingencia que impida el pago digital se podrá realizar en efectivo o con cheque, pero la contingencia no puede justificar de manera permanente o recurrente el incumplimiento de la ley.
Obligaciones para el gobierno y el sector financiero
La ley, en el artículo 10 establece que los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) deben realizar las acciones necesarias para aceptar pagos digitales en sus trámites y servicios.
Además, se habilita al Banco de México, junto con la CNBV, de emitir reglas para que las entidades que ofrecen terminales punto de venta reciban pagos con códigos QR. Además, reconoce la CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano como mecanismos de confianza para contratar servicios financieros en línea.




