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Cobran a restauranteros por derechos musicales

De 5,000 comercios identificados en Puebla, 30% cumple con el pago de autoría

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De 5,000 comercios identificados en Puebla, 30% cumple con el pago de autoría

Puebla, Pue. Restauranteros poblanos denunciaron que la Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas (Somexfon) les reclama montos de 5,000 y hasta 10,000 pesos anuales como pago de derechos por utilizar música dentro de sus establecimientos, relacionados con la instalación de rocolas.

El presidente de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) local, Luis Javier Cué de la Fuente, comentó que la Somexfon está hostigando a sus socios (que son más de 500 en esta capital) y en general al sector con estos cobros, que no son obligatorios cubrir, ya que su giro es la venta de comida y bebidas.

Explica que la música utilizada para ambientar los establecimientos no representa un ingreso, por lo que pidió a sus representados no dejarse sorprender por estos requerimientos de pago, los cuales algunos han tenido que acceder a cubrir por desconocimiento, pese a que no están autorizadas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor Indautor.

Dueños de rocolas evaden pagos establecidos

De acuerdo con el dirigente de restaurantes, la Ley Federal del Derecho de Autor, en su artículo 212, establece: “Las tarifas para el pago de regalías serán propuestas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) a solicitud expresa de las sociedades de gestión colectiva o de los usuarios respectivos”.

En algunos comercios es común ver rocolas, donde los comensales depositan monedas para escuchar canciones, cuyas ganancias son 70% para quien la renta al establecimiento y 30% para el dueño del local; sin embargo, el dueño de estas máquinas ni siquiera paga por usar este material fonográfico, explicó.

Expuso que de acuerdo con la La Ley Federal de Derechos de Autor, establece en el artículo 131 bis: “Los productores de fonogramas tienen el derecho a percibir una remuneración por el uso o explotación de sus fonogramas que se hagan con fines de lucro, directo o indirecto, por cualquier medio o comunicación pública o puesta a disposición”.

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