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Economía

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Tope de $150,000 a devolución de ISR

Para solicitar la devolución de ISR por un importe igual o mayor a $40,000, será necesario haber declarado con la Fiel.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2015, en el que destaca especificaciones en torno a la devolución de impuestos para los contribuyentes.

El documento precisó que no procederá la solicitud de aquellos contribuyentes que opten por solicitar devolución automática de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por montos superiores a 150,000 pesos.

Ante esta regla, el contador José Velderrain Sáenz, socio director del despacho Velderrain Sáenz y Asociados, explicó que en la miscelánea fiscal del 2015 se igualó a todos los contribuyentes el tope máximo de devoluciones automáticas; antes, precisó, el monto para asalariados era de 100,000 pesos.

El SAT refirió que los contribuyentes que presenten su declaración anual del ejercicio 2014 mediante el formato electrónico correspondiente y que determinen un saldo a favor del ISR podrán solicitarle al fisco su devolución o compensación de dicho saldo.

Cuando el causante, dijo, solicite una devolución de saldo a favor a partir de un importe igual o mayor a 40,000 pesos deberá presentar su declaración anual utilizando su Firma Electrónica (Fiel).

En este sentido, Velderrain Sáenz precisó que durante el año pasado el monto máximo era de 13,970 pesos para solicitar la devolución con la Fiel.

Para tener acceso a su devolución automática los contribuyentes tendrán que proporcionar su número de cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, misma que para efectos de la transferencia debe estar a nombre del contribuyente, para que en caso de que proceda la devolución, el importe autorizado sea depositado en la misma.

El resultado que se obtenga de la solicitud podrá consultarse en la página de Internet del SAT, en el menú Trámites/Consultas/Declaraciones y trámites/Devolución Automática , ingresando con su clave en el RFC y contraseña.

El órgano fiscalizador argumentó que no podrán acogerse a la facilidad prevista en esta regla los siguientes contribuyentes: las personas físicas que hayan obtenido en el ejercicio fiscal ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.

En Guerrero, devolución ?de IVA se realizará en 10 días

El brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que para los contribuyentes que tengan un domicilio fiscal en el estado de Guerrero y que soliciten una devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se resolverá el gravamen en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Esta regla aplica para todas aquellas empresas certificadas que se encuentren en los municipios de Acapulco de Juárez, Chilpancingo, Iguala, Taxco y Zihuatanejo. Sólo aplica cuando se trate de saldos a favor del periodo de enero a diciembre del 2014, así como de enero a abril del presente año.

Lo dispuesto en esta fracción también aplica a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal en las zonas beneficiadas y tengan alguna de sus agencias, sucursales fuera de los municipios del estado de Guerrero ya mencionados.

Para conocer a detalle la Miscelánea Fiscal del 2015 así como sus anexos podrá encontrar toda la información en el DOF, en su edición del 3 de marzo del 2015, y también en la página de Internet del SAT.

Karla.gomez@eleconomista.mx

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